Marco Legal de las Cuentas Anuales y el Informe de Gestión Societario
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Otros Documentos Complementarios
Se trata del informe de gestión, del informe anual sobre remuneraciones de consejeros y de la propuesta de aplicación del resultado.
Las sociedades de capital que no formulen balance y estado de cambios en el patrimonio neto abreviados están obligadas a elaborar el informe de gestión. Dicho informe no forma parte, en rigor, de las Cuentas Anuales, sino que las complementa en aspectos no contenidos en ellas. En especial, ha de contener una exposición fiel sobre la evolución de los negocios y la situación de la sociedad. El informe de gobierno, por su parte, deberá ofrecer una explicación detallada de la estructura del sistema de gobierno de la sociedad y de su funcionamiento en la práctica.
Estructura de las Cuentas Anuales
En cuanto a la estructura de las Cuentas Anuales, hay que distinguir los modelos ordinarios de los abreviados. Están obligadas a utilizar el modelo ordinario las sociedades de capital, las sociedades laborales y las sociedades cooperativas. Por excepción, salvo que se trate de sociedades cuyos valores estén admitidos a negociación en un mercado regulado de cualquier Estado de la Unión Europea, pueden formularlas con arreglo al modelo abreviado.
Proceso de Formación de las Cuentas Anuales
Aunque el deber de confeccionar las Cuentas Anuales se impone a todos los empresarios, su proceso de formación varía según la forma jurídica adoptada. Si el empresario es individual, dicha función le corresponde a él en exclusiva, estando obligado a firmarlas.
Depósito y Publicidad de las Cuentas
El depósito de las Cuentas se encomienda al Registro Mercantil del domicilio del depositante y deberá efectuarse, por regla general, dentro del mes siguiente a su aprobación. El depósito debe efectuarse con arreglo a los modelos oficiales, bien en papel o por medios informáticos. El incumplimiento de la obligación de depósito puede llevar a la sanción administrativa.
Cuentas Consolidadas
Toda sociedad dominante de un grupo de sociedades debe formular las Cuentas Anuales y el informe de gestión. Por tanto, la obligación de consolidar solo afecta a los grupos jerárquicos o por subordinación.