Marco Legal de los Delitos Sexuales: Tipificación de Violación, Estupro y Actos Lascivos
Clasificado en Otras lenguas extranjeras
Escrito el en
español con un tamaño de 3,4 KB
Definición y Elementos del Delito de Violación
El delito de violación se configura mediante la concurrencia de los siguientes elementos esenciales:
- Elemento Sexual (Coito o Simulación): Introducción del órgano sexual masculino (pene) o de un objeto que lo simule en la boca, vagina o recto de la víctima.
- Medios Comisivos: Uso de amenaza, constreñimiento, violencia física o violencia psíquica.
- Vías de Comisión:
- El recto
- La vagina
- La boca
- Consolidación del Delito: Para que la violación se consolide, debe existir la introducción del pene o de cualquier objeto que simule un órgano sexual.
- Agravante de la Pena: La pena es aumentada de 15 a 20 años si la víctima es un niño, niña o adolescente.
Circunstancias Agravantes o Delitos Conexos (Estupro)
El delito de violación también se comete bajo circunstancias específicas de vulnerabilidad de la víctima, a menudo tipificadas como estupro o violación agravada. Estas circunstancias son:
- Vulnerabilidad por Edad: Cuando la víctima sea especialmente vulnerable por razón de su edad o situación, y, en todo caso, cuando sea menor de trece años.
- Abuso de Superioridad o Parentesco: Cuando la víctima no haya cumplido dieciséis años, siempre que para la ejecución del delito, el responsable se haya prevalido de una relación de superioridad o parentesco (por ser ascendiente, descendiente o hermano, por naturaleza o adopción, o afines con la víctima).
- Abuso de Custodia: Cuando la víctima, hallándose detenida o condenada, haya sido confiada a la custodia del culpable.
- Incapacidad de Resistencia: Cuando la víctima no estuviere en capacidad de resistir por causa de enfermedad física o mental; por otro motivo independiente de la voluntad del culpable; o por consecuencia del empleo de medios fraudulentos o sustancias narcóticas o excitantes de que este se haya valido.
Medios de Prueba en Delitos Sexuales
- Denuncia de la Víctima: Declaración formal presentada por la persona afectada.
- Examen Médico Legal: Practicado por un ginecólogo especializado o por un médico forense. Este examen se divide en tres tipos:
- Genital
- Paragenital
- Extragenital
Nota terminológica: Cuando una mujer es víctima de violación, el término médico legal utilizado para describir la pérdida de la virginidad es desfloración.
Actos Lascivos: Segundo Delito Sexual
El delito de Actos Lascivos se configura como un delito sexual que comparte los mismos elementos contextuales que la violación, pero se diferencia fundamentalmente en la ausencia de introducción del órgano sexual. El victimario va a incitar al sexo y este delito es generalmente cometido contra niños.
Tipificación Legal (Artículo 376)
El que, valiéndose de los medios y aprovechándose de las condiciones o circunstancias que se indican en el artículo 374, haya cometido en alguna persona de uno u otro sexo, actos lascivos que no tuvieren por objeto el delito previsto en dicho artículo, será castigado con prisión de seis a treinta meses.