Marco Legal de la Discriminación por Raza y la Capacidad de Obrar en el Derecho Civil
Clasificado en Derecho
Escrito el en
español con un tamaño de 3,18 KB
Discriminación por Raza: Marco Legal y Mecanismos de Vigilancia
Ámbito Internacional
La base legal es la Convención Internacional para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial. En esta convención se establece la creación de un comité para la vigilancia de las medidas administrativas y jurisdiccionales que llevan a cabo los Estados en relación con este tema. Se regulan tres posibles métodos para supervisar dichas medidas:
- La obligación de los Estados de realizar un informe anual.
- La posibilidad de que los Estados se denuncien entre sí.
- Los particulares también podrán demandar a los Estados (Caso Ostroga).
Ámbito Nacional
A nivel nacional, la regulación se encuentra en el Artículo 14 de la Constitución, aunque el término “raza” se utiliza en un sentido genérico e impreciso, recogiendo todas las distinciones de las personas. Se menciona específicamente el tratamiento que reciben los extranjeros por parte del Cuerpo de Seguridad del Estado.
Regulación de la Capacidad por Razón de la Edad en el Derecho Civil
Nos basaremos en el aspecto civil de la edad. Según el Código Civil, existen dos conceptos fundamentales:
- Capacidad Jurídica: Es la capacidad para ser titular de las relaciones jurídicas, es decir, la aptitud para tener y disfrutar de los derechos.
- Capacidad de Obrar: Es la aptitud para ejercer los derechos. Esta aptitud depende de dos condiciones: la edad y la incapacidad declarada.
Mayoría y Minoría de Edad
En base a la edad, la persona se encuentra en dos situaciones: la mayoría de edad y la minoría de edad. La mayoría de edad, según la Constitución, se alcanza a los 18 años, edad en la que se presupone que una persona alcanza la madurez necesaria para valerse por sí misma. No obstante, existen ciertas acciones que aún no se pueden realizar a los 18 años.
Efectos de la Minoría de Edad
La minoría de edad supone una limitación de la capacidad de obrar y, por lo tanto, la necesidad del consentimiento de quien ejerce la patria potestad. El consentimiento de los padres o del tutor implica que estos van a actuar por propia iniciativa y sin tener en cuenta las instrucciones o deseos del menor.
Actos Permitidos al Menor con Consentimiento del Representante
Con el consentimiento de su representante legal, un menor de edad puede realizar ciertos actos jurídicos:
- Casarse.
- Firmar un contrato de trabajo (a partir de los 16 años).
- Hacer testamento (a partir de los 14 años).
- Aceptar donaciones.
- Declarar como testigo en un juicio (a partir de los 14 años).
La Emancipación
La emancipación es la posibilidad de habilitar al menor para regir su persona y bienes como si fuera mayor de edad. Se puede obtener si el menor tiene más de 16 años y cuenta con el consentimiento de sus padres, o bien, si es determinada por un juez.
La capacidad de obrar plena se obtiene al alcanzar la mayoría de edad y solo se podría perder si un juez declara la incapacidad legal de una persona.