Marco Legal y Educativo para la Inclusión en Chile: Decretos y Leyes Clave
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Aspectos Fundamentales de la Educación Inclusiva en Chile
Déficit Sensorial: Puro y Cognitivo
Decreto N°170: Evaluación de Necesidades Educativas Especiales (NEE)
- Integral
- Individualizada
- Confidencial
- Interdisciplinaria
Decreto N°86: Incorporaciones Específicas
- Nivel maternal
- Déficit auditivo
Concepto Clave Ley N°20.422: Inclusión Social
Decreto N°291: Funcionamiento de Grupos Diferenciales
Aulas Hospitalarias: Criterio de Ubicación
Se establecen en los establecimientos educativos que estén más cerca del domicilio del estudiante.
Decreto N°170: Profesor Idóneo
Se considera idóneo cuando los profesionales se inscriben en la Secretaría Regional Ministerial de Educación (SECREDUC).
Decreto N°170: Necesidades Educativas Especiales Transitorias (NEET)
- DEA: Dificultades Específicas del Aprendizaje
- TDA: Trastorno por Déficit de Atención con Hiperactividad
- CI Limítrofe: Coeficiente Intelectual en rango limítrofe, con significado en la conducta adaptativa
Decreto N°815: Trastornos Específicos
- Trastorno del Espectro Autista
- Trastorno psíquico de la afectividad
- Disfasia severa
Marco Legal de la Educación Especial e Inclusión
Normativa | Descripción |
Ley N°19.284 | Establece la Integración Social de las personas con discapacidad. |
Ley N°20.422 | Establece la Inclusión Social de las personas con discapacidad. |
Ley N°20.201 | Establece la subvención de educación especial. |
Ley N°20.845 | Establece la inclusión escolar. |
Ley N°19.253 | Establece normas para la protección de la etnia indígena. |
Ley N°20.609 | Establece la no discriminación arbitraria. |
Decreto N°1 | Establece la atención a las Necesidades Educativas Permanentes (NEP) y la creación de proyectos de integración. |
Decreto N°815 | Establece normas para la atención de trastornos como el autismo, trastornos psíquicos de la afectividad y disfasia severa. |
Decreto N°577 | Establece normas para la atención de los trastornos motores. |
Decreto N°291 | Establece normas para el funcionamiento de los grupos diferenciales. |
Decreto N°87 | Establece normas para el déficit cognitivo e intelectual. |
Decreto N°86 | Establece normas para los trastornos de la comunicación, incluyendo el déficit auditivo. |
Decreto N°89 | Establece normas para los sujetos con déficit visual. |
Decreto N°374 | Establece la creación y normas para el mejoramiento de las aulas hospitalarias. |
Decreto N°332 | Establece normas de edades mínimas para el ingreso a la educación especial (Trastornos Específicos del Lenguaje - TEL), modalidad adulto, y la edad para poder realizar las aceleraciones curriculares. |
Decreto N°300 | Establece normas para talleres asistidos para mayores de 26 años con discapacidad. |
Decreto N°1300 | Aprueba planes y programas de estudio para alumnos con Trastornos Específicos del Lenguaje (TEL). |
Decreto N°83 | Establece las adecuaciones curriculares en educación general básica y en educación parvularia. |
Decreto N°170 | Establece requisitos y pruebas diagnósticas para la evaluación de las Necesidades Educativas Especiales (NEE) de carácter transitorio y permanente, otorga la subvención especial a las NEE y considera el carácter multideficit. |
Decreto N°170: Necesidades Educativas Especiales (NEE) y Programa de Integración Escolar (PIE)
Se atienden las Necesidades Educativas Especiales Transitorias (NEET), que incluyen:
- Trastorno por Déficit de Atención (TDA)
- Dificultades Específicas del Aprendizaje (DEA)
- Coeficiente Intelectual en rango limítrofe
Opciones de Atención en el Programa de Integración Escolar (PIE)
- Atención de 45 minutos por especialista o al sujeto. No es obligatorio contar con el profesor de planta.
- Atención al sujeto por 4.5 horas cronológicas, lo que equivale a 6 horas pedagógicas en aula de recurso, y el resto en aula común.
- Medio tiempo en aula común y medio tiempo en aula de recurso.
- Todo el tiempo en aula de recurso, compartiendo solo los espacios comunes.