Marco Legal del Medio Ambiente en España: Residuos y Suelos Contaminados
Clasificado en Otras materias
Escrito el en español con un tamaño de 11,26 KB
Marco Jurídico del Medio Ambiente en España y la UE
El Derecho al Medio Ambiente en España
El derecho al Medio Ambiente se consagró en el Artículo 45 de nuestra Ley Fundamental. Sin embargo, la protección de este tuvo su origen en la Unión Europea (UE). Por otra parte, el Estado, las Comunidades Autónomas (CCAA) y las entidades locales tienen atribuidas competencias en materia de Medio Ambiente.
La primera declaración de protección del Medio Ambiente se realiza a partir de la Constitución Española de 1978. Además de las CCAA, están las entidades locales: municipios y provincias. El Estado tiene competencia sobre la legislación básica de Medio Ambiente y las CCAA sobre normas adicionales. Los municipios y provincias tienen autonomía para la gestión de sus intereses; las CCAA tienen autonomía política y se reconocen estas en el texto constitucional. Mientras que la autonomía local (municipios y provincias) no es de carácter político, sino de carácter ejecutivo, las CCAA pueden dar más competencias a los municipios y provincias, pero no se las pueden quitar. La consecuencia de la asignación de una competencia es la obligación de ejercer las funciones y asegurar los servicios mínimos de los que el municipio es responsable.
Legislación de Medio Ambiente de la Unión Europea
La política de Medio Ambiente de la UE se remonta al Tratado de Roma, en su enmienda de 1987. El Estatuto añadía los Artículos 130R, S y T al Tratado original y los Objetivos Comunitarios ahora incluyen la preservación, protección y mejora de la calidad del Medio Ambiente, la protección de la salud humana y la garantía de una utilización prudente y racional de los recursos naturales. Las modificaciones de 1987 introdujeron el famoso principio de «quien contamina paga».
Los Reglamentos de la UE se incorporan a las leyes nacionales de forma inmediata y se anteponen a cualquier legislación nacional que pudiera entrar en conflicto. Cualquier Reglamento medioambiental debe ser cumplido de inmediato, y las organizaciones pueden ser procesadas por no hacerlo. Las Directivas tienen que ser implementadas por los Estados Miembros en un plazo de tiempo determinado. Durante el periodo de implementación, no pueden ser utilizadas por los ciudadanos en contra del Estado.
Regulación de Residuos: Evolución y Normativa Actual
Ley 10/1998: Antecedentes en Gestión de Residuos
Se trata de una norma básica que regula todos los tipos de residuos, con la excepción de los radiactivos, los vertidos líquidos y las emisiones a la atmósfera. Establece como prioridades una política de gestión de residuos basada en: reducción, reutilización, reciclado y la llamada valorización. Se obliga a todas las administraciones públicas el uso de materiales que sean reutilizables y reciclables y de productos hechos con materiales reciclados.
Ley 22/2011, de Residuos y Suelos Contaminados: Novedades y Objetivos
La nueva política de residuos apuesta por la prevención, maximizando el aprovechamiento de los recursos, y la disminución de los impactos adversos de su producción y gestión sobre la salud humana y el Medio Ambiente. A nivel global, la Ley plantea como cambios relevantes los siguientes aspectos:
Aspectos Clave y Plazos de la Ley 22/2011:
- Artículo 21.2: Antes de 2015 debe haber recogida separada para papel, metales, plástico y vidrio.
- Artículo 22.1: Antes de 2020, la prevención deberá ser del 10% y la reutilización y reciclaje de los residuos domésticos y similares, de un 50%. Para los residuos de construcción y demolición, de un 70% en preparación para la reutilización, reciclado y valorización.
- Artículo 31.2.d: Establecer sistemas de depósito que garanticen la devolución de las cantidades depositadas y el retorno del producto para su reutilización o del residuo para su tratamiento.
- Artículo 31.3: Priorizar el reciclado dentro de los países de la UE.
- Disposición Adicional Segunda: Se sustituyen las bolsas comerciales de plástico no biodegradable.
- Anexo IV: Promoción de medidas de reducción de residuos.
El nuevo texto actualiza el régimen jurídico de la producción y gestión de los residuos, delimita las obligaciones de productores y gestores, simplifica trámites administrativos, utilizando un registro compartido entre las Administraciones, de modo que se garantice la transparencia y trazabilidad en la gestión. Muchas CCAA están creando registros como el NIMA.
Implicaciones para Empresas:
A nivel empresarial destaca:
- Artículo 17.6: Los productores de residuos peligrosos estarán obligados a elaborar y remitir a la CCAA un estudio de minimización, comprometiéndose a reducir la producción de sus residuos.
- Título IV: Responsabilidad ampliada del productor del producto.
- Título V: Suelos contaminados.
- Artículos 27, 28 y 29: Autorizaciones y comunicaciones.
Contaminación de Suelos y Definiciones Clave
RD 9/2005: Actividades Potencialmente Contaminantes del Suelo (APC)
El RD 9/2005 define las Actividades Potencialmente Contaminantes del Suelo (APC) como las actividades industriales o comerciales que, ya sea por el uso de sustancias peligrosas o por la generación de residuos, puedan contaminar el suelo. Las actividades afectadas por este RD deberán presentar un INFORME PRELIMINAR DE SUELOS CONTAMINADOS. Una vez entregado en la Administración, este es validado, lo que otorga la catalogación de «suelo contaminado» o «suelo no contaminado» en base a la información del titular. Aun no siendo suelo no contaminado, la Administración obliga a actualizar el informe (cada 4 años).
Definiciones según la Ley 22/2011:
- Prevención: Conjunto de medidas adoptadas en la fase de concepción y diseño, de producción, de distribución y de consumo de una sustancia, material o producto, para reducir la cantidad de residuos y los impactos sobre el Medio Ambiente y la salud humana de los residuos generados.
- Agente: Persona que organiza la valorización o la eliminación de residuos por encargo de terceros, incluidos los que no tomen posesión de los residuos.
- Valorización: Operación cuyo resultado es que el residuo sirva útil al sustituir a otros materiales, que de otro modo se habrían utilizado para cumplir una función particular, o que el residuo sea preparado para cumplir esa función en la instalación o en la economía en general.
- Compost: Enmienda orgánica obtenida a partir del tratamiento biológico aerobio y termófilo de residuos biodegradables recogidos separadamente. No se considerará compost el material orgánico obtenido de las plantas de tratamiento mecánico biológico de residuos mezclados, que se denominará material bioestabilizado.
Aplicación de la Legislación en la Empresa y Obligaciones
Cambios en Autorizaciones y Comunicaciones (Ley 10/1998 vs. Ley 22/2011)
La Ley 10/1998 de residuos, que ha estado vigente hasta julio de 2011, establecía que los productores de residuos peligrosos que generaran 10 toneladas o más necesitaban una autorización. Pero la Ley 22/2011 sustituye la AUTORIZACIÓN por la COMUNICACIÓN en los siguientes casos: actividades que produzcan residuos peligrosos o que generen más de 1000 t/año; actividades exentas en el Artículo 28.
La comunicación es válida a nivel nacional. La AUTORIZACIÓN se requiere para las operaciones de tratamiento de residuos. Se unifican los plazos de validez de las autorizaciones, siendo de 8 AÑOS. Existen EXENCIONES de la autorización para empresas que eliminen sus residuos peligrosos en el lugar.
Obligaciones de Notificación y Traslado de Residuos
La Ley 22/2011 obliga a los productores de residuos peligrosos a llevar un Libro de Registros y presentar un Informe anual a la Administración (antes del 1 de marzo) donde se especificarán la cantidad, naturaleza y destino de los residuos. Otra obligación para los productores de residuos peligrosos es que, en 4 años (a partir del 5 de julio de 2011, fecha de entrada en vigor de la Ley 22/2011), deberán elaborar y remitir a la CCAA un Estudio de Minimización.
El productor o gestor que traslade residuos debe:
- Obtener el documento de aceptación.
- Notificar a la Administración el traslado de residuos.
- Cumplimentar al expedidor, transportista y destinatario el documento de control y seguimiento.
El Documento de Control y Seguimiento es el documento de control del residuo desde la cuna a la tumba. Son 5 ejemplares idénticos, pero de distinto color (blanco, rosa, amarillo, verde, azul). Las obligaciones del productor y poseedor se encuentran en los Artículos 17-18 de la Ley 22/2011, y las del gestor en el Artículo 19.
Legislación Específica de Residuos
Residuos Peligrosos Específicos:
- PCBs y PCTs (RD 228/2006 de 24 de febrero): Estos han sido utilizados en la construcción de transformadores y condensadores. Son altamente tóxicos, no biodegradables, persistentes y acumulativos.
- Aceites Usados (RD 679/2006): Regula la gestión de aceites usados. Las obligaciones de los poseedores son: almacenarlo bien para evitar la mezcla con otros aceites o agua; etiquetar correctamente; entregar a gestores autorizados; llevar un registro con las cantidades y fechas de entrega; y confeccionar los documentos de control y seguimiento.
- Amianto (RD 108/1991): Establecía la prevención y reducción de la contaminación del Medio Ambiente por el amianto.
- Residuos de Construcción y Demolición (RD 105/2008): Regula la gestión de estos residuos.
Gestores Autorizados: Procedimiento y Plazos
Para la entrega de los residuos peligrosos, deberán establecerse unos pasos:
- Solicitar a un gestor y recibir la aceptación de sus residuos peligrosos.
- Notificar a la Administración Ambiental con 10 días hábiles la fecha de envío.
- Cumplimentar el documento de control y seguimiento de residuos peligrosos.
La contestación a la solicitud del gestor autorizado debe ser en UN MES máximo. El documento debe incluir la fecha de recepción y el número de orden de aceptación. La autorización administrativa para los residuos peligrosos se concede para un máximo de 5 AÑOS, susceptible a 2 prórrogas sucesivas de 5 años cada una. La caducidad se produce a los 15 años desde el inicio de la actividad.