Marco Legal Migratorio: Atribuciones y Requisitos Esenciales

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Marco Legal Migratorio: Atribuciones y Requisitos

Art. 18: Atribuciones Migratorias de la Secretaría de Gobernación

La Secretaría de Gobernación tiene las siguientes atribuciones en materia migratoria:

  1. Formular y dirigir la política migratoria del país.
  2. Establecer cuotas y requisitos para la emisión de visas y autorizaciones.
  3. Establecer o suprimir requisitos para el ingreso de extranjeros.
  4. Suspender o prohibir el ingreso de extranjeros.
  5. Fijar o prohibir lugares destinados al tránsito internacional de personas.
  6. Dictar acuerdos de readmisión.

Art. 37: Requisitos para la Internación de Extranjeros

Para internarse en el país, los extranjeros deberán cumplir con lo siguiente:

  1. Presentar en el filtro de revisión migratoria:
    • Pasaporte o documento de identidad válido y vigente.
    • Cuando se requiera, visa validada y expedida en vigor.
    • Tarjeta de residencia o autorización en la condición de estancia de visitante regional, fronterizo o por razones humanitarias.
  2. Proporcionar los datos que las autoridades soliciten en el ejercicio de sus atribuciones.
  3. No necesitan visa:
    • Nacionales de países que suprimieron las visas.
    • Personas en condición de visitante regional o trabajadores fronterizos.
    • Quienes cuenten con permiso de entrada/salida.
    • Personas con estancia autorizada.
    • Refugiados.
    • Tripulación de embarcaciones o aeronaves con compromisos nacionales.

Art. 40: Tipos de Visas

Las visas pueden ser de los siguientes tipos:

  • Visa temporal.
  • Visa de estudiante.
  • Visa permanente.

Art. 47: Requisitos para Salir del País

Para salir del país, se deberá:

  • Hacerlo por los lugares habilitados para la salida.
  • Identificarse.
  • Proporcionar información con fines estadísticos.
  • Acreditar la situación migratoria.

Art. 52: Tipos de Visitantes y Estancias

Se contemplan los siguientes tipos de visitantes y condiciones de estancia:

  • Visitante con permiso para realizar actividades remuneradas y no remuneradas.
  • Visitante (estancia máxima de 180 días).
  • Visitante regional (estancia máxima de 7 días).
  • Visitante con fines de adopción.

Art. 138: Criterios para la Imposición de Multas

Las multas se determinarán de acuerdo con los siguientes factores:

  • Factores socioeconómicos.
  • Condiciones exteriores.
  • Reincidencia en el incumplimiento de obligaciones.
  • Monto del lucro obtenido.
  • Nivel jerárquico y antigüedad de las autoridades involucradas.

Art. 140: Sanciones para Servidores Públicos

Los servidores públicos podrán ser sancionados por las siguientes conductas:

  • Dar información sin autorización.
  • Retrasar dolosamente trámites.
  • Violación de derechos humanos.
  • Facilitar el ingreso irregular de extranjeros.
  • Uso indebido de información.

Autoridades Migratorias Clave

Instituto Nacional de Migración (INM)

El INM tiene las siguientes funciones:

  • Instrumentar la política migratoria.
  • Conocer, resolver y ejecutar procesos de deportación o retorno asistido.

Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE)

La SRE es responsable de:

  • Aplicar la ley en el ámbito de sus competencias.
  • Promover la suscripción de instrumentos internacionales en materia de retorno asistido y flujo migratorio.

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