Marco Legal y Modelos de Atención en Salud Mental en México
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Modelos de Atención y Derechos en Salud Mental
Modelo de Atención Comunitaria
Este modelo consiste en la instalación de una unidad de salud mental dentro de un centro de salud pública. Su objetivo es lograr la integración de la psiquiatría a la medicina general, optimizando el uso de las instalaciones y del personal administrativo, lo que permite evitar la duplicidad de gastos.
Derechos Humanos
Son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión o lengua.
Programas Socio-sanitarios en Salud Mental
Se definen como el conjunto de servicios y prestaciones sociales y sanitarias destinadas a la rehabilitación y cuidados de personas que se encuentran en diferentes situaciones de dependencia.
Programas existentes en México
- CECOSAM (Centros Comunitarios de Salud Mental).
- CISAME (Centros Integrales de Salud Mental).
Marco Legal de la Atención en Salud Mental
Documentos y Normativas Clave
- Declaración de Caracas: Documento emanado de la Conferencia Regional para la Reestructuración de la Atención Psiquiátrica dentro de los Sistemas Locales de Salud, que reúne a organizaciones, autoridades, profesionales, legisladores y juristas.
- Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad: Aprobada el 13 de diciembre de 2006 en la sede de las Naciones Unidas en Nueva York. Quedó abierta a la firma el 30 de marzo de 2007, obteniendo 82 firmas de la Convención y 44 del Protocolo Facultativo, además de su ratificación.
- Principios para la Protección de los Enfermos Mentales y el Mejoramiento de la Atención de la Salud Mental: Establecen que los principios se aplicarán sin discriminación alguna por motivos de discapacidad, raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política, origen nacional, étnico o social, estado civil, condición social, edad, patrimonio o nacimiento.
- Norma Oficial Mexicana NOM-025-SSA2-2014: Regula la prestación de servicios de salud en unidades de atención integral hospitalaria médico-psiquiátrica. Es de observancia obligatoria en todos los establecimientos de los sectores público, social y privado del Sistema Nacional de Salud que atienden a personas con trastornos mentales y del comportamiento.