Marco Legal de la Ordenación Territorial y Urbanística en la Región de Murcia
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Ordenación del Territorio en la Región de Murcia: Marco Legal y Competencias
Marco Normativo de la Ordenación Territorial en la Región de Murcia
La regulación de la Ordenación del Territorio en la Región de Murcia se fundamenta en diversas normativas clave:
- Constitución Española.
- Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia.
- Decreto Legislativo 1/2005, de 22 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo de la Región de Murcia.
- Título VI y Disposición Adicional Tercera de la Ley 4/1992, de 30 de julio, de Ordenación y Protección del Territorio de la Región de Murcia.
- Ley 4/2009, de 14 de mayo, de Protección Ambiental Integrada.
- Ley 13/2015, de 30 de marzo, de Ordenación Territorial y Urbanística de la Región de Murcia (LOTURM).
Esta última ley, la LOTURM, tiene por objeto la regulación de la Ordenación del Territorio (OT), la Ordenación del Litoral y la actividad urbanística en la Región de Murcia (RM). Su finalidad es garantizar, dentro del ámbito del desarrollo sostenible, el derecho al disfrute de:
- Un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona y la protección de la naturaleza.
- Una vivienda digna, adecuada a la protección del patrimonio cultural y del paisaje.
Principios Inspiradores de la Ley 13/2015
Los principios básicos que inspiran la Ley 13/2015 son:
- Reconocimiento de la autonomía municipal en materia de urbanismo.
- Flexibilidad de instrumentos y mecanismos de ordenación y planeamiento.
- La OT se basa en tres pilares básicos: la sostenibilidad ambiental, económica y social.
Objetivos Principales
Entre los objetivos de la ley se encuentran:
- Agilizar y reducir los trámites administrativos.
- Adaptar la ley regional a la normativa estatal.
- Mejorar aspectos que eran imprecisos o que no estuviesen bien regulados.
Fines de la Ley
Los fines perseguidos por la ley son:
- Coordinación de todas las Administraciones Públicas (AAPP).
- Participación de la iniciativa privada.
- Flexibilidad de la normativa.
- Seguridad Jurídica.
- Sostenibilidad y desarrollo razonable.
Competencias y su Distribución en la Ley
Tipos de Competencias
La ley establece competencias en las siguientes materias:
- En materia de Ordenación del Territorio (OT).
- En materia de Ordenación del Litoral.
- En materia de urbanismo.
Distribución de Competencias
La distribución de estas competencias se realiza de la siguiente manera:
- En materia de Ordenación del Territorio (OT): Administración Regional.
- En materia de urbanismo: Ayuntamientos.
Órganos Urbanísticos y Territoriales Clave
Los principales órganos con competencias urbanísticas y territoriales son:
- Consejo de Gobierno.
- Consejero competente: Consejero de Obras Públicas, Ordenación del Territorio y Fomento.
- Dirección General competente: Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo.
- Subdirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio.
- Servicio de Urbanismo.
- Servicio de Ordenación del Territorio.
- Unidad de Información Territorial.
- Comisión de Coordinación de Política Territorial: órgano consultivo.
- Consejo Asesor de Política Territorial: órgano participativo y deliberante.