Marco Legal de la Prevención de Riesgos en Contratación y Obras de Construcción
Enviado por Miguel y clasificado en Formación y Orientación Laboral
Escrito el en
español con un tamaño de 3,99 KB
Obligaciones en Contratación y Construcción (PRL)
Este documento detalla las responsabilidades preventivas clave en el ámbito de la contratación y la ejecución de obras, conforme a la normativa vigente.
Obligaciones en Contratación y Concurrencia
Obligaciones del Empresario Principal
- Informar a las empresas y autónomos sobre los riesgos propios del centro de trabajo. (El incumplimiento puede acarrear sanción grave o muy grave en actividades peligrosas).
- Impartir instrucciones adecuadas para la prevención.
Obligaciones de las Empresas Concurrentes
- Cooperar con el resto de empresas.
- Cumplir las instrucciones del empresario titular.
- Informar a sus propios trabajadores.
Contratas de Propia Actividad
El empresario principal mantiene el deber de vigilancia sobre el cumplimiento de la normativa de prevención por parte de las empresas contratadas.
Obligaciones Específicas en Construcción
Estudio de Seguridad y Salud (ESS)
El Estudio de Seguridad y Salud es obligatorio cuando se cumple al menos una de las siguientes condiciones:
- Presupuesto igual o superior a 450.759,08 €.
- Duración mayor a 30 días laborables.
- Obras de túneles, galerías o conducciones subterráneas.
- Volumen de obra superior a 500 (calculado como el total de días de todos los trabajadores).
Si no se cumple ninguna de estas condiciones, se requerirá un Estudio Básico de Seguridad y Salud.
Sujetos con Obligaciones Preventivas
- Promotor
- Designar al proyectista y al Coordinador de Seguridad y Salud. Es responsable de la elaboración del Estudio o Estudio Básico.
- Proyectista
- Debe tener en cuenta los principios generales de prevención establecidos en el artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL).
- Coordinador de Seguridad y Salud (CSS)
- Coordinar la aplicación de los principios preventivos y elaborar o supervisar la elaboración del Estudio o Estudio Básico.
Obligaciones en la Fase de Ejecución
- Coordinador de Seguridad y Salud (CSS)
- Coordinar las actividades de obra para la planificación de trabajos o fases, aprobar el Plan de Seguridad y Salud, adaptar las medidas y ejercer funciones de control sobre el uso de métodos de trabajo.
- Dirección Facultativa
- Designada por el promotor. Debe integrar a los técnicos y ejercer el control de la obra.
- Contratista y Subcontratista
- El Contratista debe elaborar el Plan de Seguridad y Salud de su parte de la obra.
- Ambos deben cumplir y hacer cumplir la normativa de prevención, informar y asegurar el cumplimiento de las medidas de seguridad y salud.
- Trabajadores Autónomos
- Aplicar la acción preventiva.
- Cumplir las disposiciones mínimas de seguridad y salud.
- Cumplir las obligaciones de prevención y el Plan de Seguridad y Salud.
Límites y Documentación de la Subcontratación
Límites de la Cadena de Subcontratación
- Promotor: Contrata sin límite.
- Contratista: Puede subcontratar a subcontratistas o autónomos.
- Subcontratista: Puede contratar a otro subcontratista, excepto cuando haya sido contratado únicamente como mano de obra.
- Tercer Subcontratista: No puede subcontratar, salvo excepciones justificadas (fuerza mayor, trabajos especializados).
- Autónomos: No pueden subcontratar.
Documentación Obligatoria: Libro de Subcontratación
El Libro de Subcontratación debe registrar la siguiente información:
- Nivel de subcontrata y empresa.
- Objeto del contrato.
- Fecha de entrega del Plan de Seguridad y Salud.
- Instrucciones emitidas por el Coordinador de Seguridad y Salud.