Marco Legal de la Prevención de Riesgos Laborales: Obligaciones y Derechos Clave

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Obligaciones de los Empresarios en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

La Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) establece claramente las obligaciones y derechos en esta materia. Lo que para el empresario constituye una obligación, para el trabajador constituye un derecho.

Obligaciones Generales del Empresario

  • Garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores.
  • Adoptar las medidas necesarias para la protección de la seguridad y salud de los trabajadores.
  • Cumplir la normativa vigente.
  • Asumir el coste de las medidas de seguridad y salud.

Obligaciones Específicas

Estas incluyen, pero no se limitan a:

  • Plan de Prevención.
  • Provisión de equipos de trabajo seguros.
  • Provisión de equipos de protección individual (EPI).
  • Información, consulta y participación de los trabajadores.
  • Formación en prevención.
  • Medidas de emergencia.
  • Vigilancia de la salud.
  • Documentación.
  • Coordinación de actividades empresariales.
  • Protección de colectivos especialmente sensibles.
  • Evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva.

La Vigilancia de la Salud por las Empresas

Es una obligación del empresario garantizar la vigilancia periódica del estado de salud de sus trabajadores.

Aunque la vigilancia de la salud es generalmente voluntaria para el trabajador, los reconocimientos médicos son obligatorios en los siguientes casos:

  1. Cuando sea imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud.
  2. Para verificar si el estado de salud de un trabajador puede constituir un peligro para sí mismo o para los demás.
  3. Cuando así lo establezca una disposición legal específica.

El Deber de Información y Formación

El empresario debe proporcionar al trabajador información detallada sobre las circunstancias bajo las cuales desarrolla su actividad laboral, los riesgos inherentes y la gravedad potencial de los mismos.


Protección de Colectivos Específicos

  • Protección de trabajadores sensibles a determinados riesgos.
  • Protección de la maternidad y la lactancia.
  • Protección de los menores de 18 años.

Derechos y Deberes de los Trabajadores

Los trabajadores poseen:

  • Derechos: Recibir formación e información adecuada, participar en la actividad preventiva, y acceder a la vigilancia de la salud.
  • Deberes: Cumplir estrictamente las medidas de prevención establecidas y utilizar correctamente los medios y equipos de protección proporcionados.

Empresas de Trabajo Temporal (ETT) y Prevención de Riesgos Laborales

Los trabajadores contratados a través de Empresas de Trabajo Temporal deben disfrutar del mismo nivel de protección de la salud y seguridad que los restantes trabajadores de la empresa usuaria.


Otros Daños Relacionados con el Trabajo

Además de los riesgos físicos directos, la falta de prevención puede generar:

  • Fatiga
  • Insatisfacción laboral
  • Estrés
  • Envejecimiento prematuro

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