Marco Legal y Requisitos de Capacidad para el Ejercicio de la Actividad Comercial en España

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Requisitos e Incapacidades para el Ejercicio del Comercio

El Código de Comercio (C.C.), en su primer artículo, define que el comerciante es aquel que tiene capacidad legal para ejercer el comercio. Las empresas industriales y comerciales se rigen por este código.

Capacidad Legal para Comerciar

La capacidad legal se adquiere al cumplir los 18 años y tener la libre disposición de bienes. Los menores de 18 años o incapacitados ejercen el comercio a través de sus padres o tutores. Si estos representantes carecen de capacidad legal, un juez determinará quién será su representante.

Incapacidades Legales (Prohibiciones)

No pueden ejercer el comercio:

  • Personas sentenciadas a penas de interdicción civil que no han cumplido condena, ni han sido amnistiadas, ni indultadas.
  • Personas declaradas en quiebra que no han obtenido rehabilitación ni autorización judicial.
  • Personas que, por disposición especial o dictamen fiscal, no pueden comercializar.

Incapacidades Profesionales (Incompatibilidades)

Existen ciertas profesiones o cargos que son incompatibles con el ejercicio del comercio:

  • Magistrados, jueces y funcionarios del Ministerio Fiscal, excepto alcaldes, jueces y fiscales municipales que realicen funciones judiciales o fiscales.
  • Jefes gubernativos, económicos y militares de un distrito, provincia o plaza.
  • Empleados y funcionarios de fondos del Estado elegidos por el Gobierno que recauden asientos y los representantes.
  • Agentes de cambio y corredores de comercio.
  • Personas que, por disposición especial o dictamen legal, no puedan comerciar en determinado territorio.

Trámites y Documentación para el Ejercicio de la Actividad Comercial

Los trámites aplican tanto a personas físicas como jurídicas. Los pasos esenciales incluyen:

  1. Alta en el censo de Hacienda.
  2. Obtención de la licencia municipal de apertura del establecimiento.
  3. Inscripción del titular y del establecimiento en el Registro General de Comerciantes y de Comercio para poder realizar la actividad.

Obligaciones de Inscripción y Requisitos Adicionales

Tienen la obligación de inscribirse las personas físicas y jurídicas que tengan la intención de realizar una actividad económica, la apertura del establecimiento comercial o la ampliación del negocio a través de sucursales.

Requisitos Específicos

El comerciante debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Acreditar que el establecimiento está dirigido por un profesional con la titulación o colegiación requerida, si lo dispone la ley, presentando los títulos correspondientes.
  • Presentar la documentación de las actividades sometidas a regímenes especiales que estén obligadas a presentar fianzas u otro tipo de garantías para la venta de productos y servicios.
  • Alta en la Seguridad Social (SS) de los trabajadores, cumpliendo con la normativa del Ministerio de Sanidad y Riesgo Laboral.
  • En el caso de extranjeros, contar con permiso de residencia y trabajo.
  • Cumplir con las normas del mercado, así como evitar la competencia desleal y el dumping.

Instituciones Relacionadas con la Práctica Comercial

El conocimiento de las funciones que desempeñan las instituciones relacionadas con la práctica del comercio es fundamental. Estas son entidades promovidas por el Ministerio de Hacienda y Economía, reguladas por normas públicas, que colaboran e informan al consumidor y a la empresa.

Funciones Institucionales Clave

Las principales funciones de estas entidades son:

  • Facilitar y promover la actividad comercial.
  • Informar y defender a los consumidores.
  • Velar por el cumplimiento de la legislación comercial vigente.

Principales Entidades de Regulación y Promoción

Existen dos entidades principales en este ámbito:

1. Secretaría General de Comercio, Turismo y PYMES

Depende directamente del Ministerio de Economía y Hacienda.

2. Cámara de Comercio, Industria y Navegación

Es una institución de derecho público con funciones específicas:

  • Defiende los intereses de los comerciantes y empresarios.
  • Desarrolla programas de ayudas a los empresarios.
  • Financia cursos de formación y fomento (FCT).

Generalmente, existe una Cámara por provincia o Comunidad Autónoma uniprovincial; sin embargo, pueden existir dos en una misma provincia bajo ciertas circunstancias legales.

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