Marco Normativo y Fuentes del Contrato de Trabajo en España

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La Regulación del Contrato de Trabajo

La relación laboral que nace del contrato de trabajo está sujeta a un sistema de normas y principios jurídicos que constituyen el Derecho del Trabajo. Las fuentes de la relación laboral reguladoras de los derechos y obligaciones de empresarios y trabajadores son:

Fuentes de la Relación Laboral

Las disposiciones legales del Estado

La principal es el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (ET), que es la norma básica de la regulación de las relaciones de trabajo entre empresarios y trabajadores y que, además, reconoce a los trabajadores unos derechos colectivos.

Las disposiciones reglamentarias

Estas desarrollarán los preceptos que establecen las normas de rango superior, pero no podrán establecer condiciones de trabajo distintas a las que ya incluyen las leyes que complementan.

El Estatuto de los Trabajadores (ET)

El ET regula los siguientes aspectos de la relación individual de trabajo:

  • Disposiciones generales: derechos y deberes laborales básicos, ámbito y fuentes de la relación laboral.
  • Contenido del contrato de trabajo: modalidades del contrato de trabajo, duración del contrato y tiempo de trabajo.
  • Modificación, suspensión y extinción del contrato: movilidad funcional y geográfica, suspensión del contrato y extinción del contrato.

El convenio colectivo como fuente reguladora de la relación laboral

Los convenios colectivos son acuerdos libremente negociados entre las organizaciones sindicales o los representantes legales de los trabajadores y las asociaciones de empresarios (o estos mismos), con eficacia normativa, en los que se fijan las condiciones de trabajo y los derechos y obligaciones de las partes en un ámbito laboral para un periodo de tiempo.

Relación entre la ley y el convenio colectivo

La relación entre la ley y el convenio colectivo puede ser de varios tipos:

  • Complementariedad: la ley remite al convenio colectivo la regulación de una materia o de determinados aspectos de la misma.
  • Suplementariedad: la ley establece unos mínimos y es susceptible de ser mejorada por convenio colectivo.
  • Supletoriedad: la normativa estatal solo es aplicable si no existe una regulación distinta en el convenio colectivo.

El contrato de trabajo como fuente del Derecho del Trabajo

El contrato de trabajo es una manifestación de la autonomía individual como fuente del Derecho del Trabajo. El contrato de trabajo pactado debe respetar los derechos mínimos que para los trabajadores establecen la legislación laboral y los convenios colectivos; las partes solo pueden acordar en su contrato condiciones de trabajo que supongan mejoras sobre lo establecido por estos.

En esta posibilidad de mejora se encuentra la base del principio de condición más beneficiosa que impera en el Derecho del Trabajo. Este principio se completa con el principio de irrenunciabilidad de derechos, que impide al trabajador renunciar a los derechos reconocidos por normas legales imperativas de origen estatal o convencional.

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