Marco Normativo y Preventivo de la Seguridad y Salud en el Trabajo

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Marco Normativo Internacional y Constitucional

  • Convenio 155 OIT (Principio general): Política nacional (Estados) y acción a nivel de empresas (empresarios).
  • Convenio 155 OIT (Derecho explícito): Derecho de resistencia en caso de riesgo grave e inminente.
  • Convenio 187 OIT (Infraestructura): Promover un medio ambiente de trabajo seguro a través del Sistema Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (SNSST).
  • Constitución Española (Derecho inespecífico): El derecho a la integridad física, a la vida y a la salud.
  • Constitución Española (Artículo 40.2): La salud como principio rector; la tutela judicial del principio solo puede basarse en la ley que lo desarrolle.

La Directiva Marco y la Ley 31/1995

Directiva Marco

Establece un enfoque global de los riesgos con un amplio campo de aplicación. Sus pilares son:

  • Adaptación del trabajo a la persona.
  • Prevención y eliminación de riesgos.
  • Carácter preventivo.
  • Norma de mínimos.

Contenido de la Ley 31/1995

Regula la política pública de prevención, las obligaciones del empresario, la organización de la prevención y los derechos de participación y representación de los trabajadores a través de sus representantes.

Política Preventiva: Actuaciones, Principios y Órganos

Actuaciones y Principios

  • Actuaciones: Integrar el sistema de prevención, promover la integración en la enseñanza y mejorar el ambiente de trabajo y los niveles de protección.
  • Principios: Coordinación (territorial y funcional) y participación de empresarios y trabajadores.

Órganos Especializados

  • INSST: Asesoramiento y apoyo a la Administración pública, promoción de actividades formativas, informativas, estudios y colaboración con organizaciones internacionales.
  • Comisión Nacional de SST: Asesoramiento a las administraciones públicas y órgano de participación institucional en materia de seguridad y salud en el trabajo.
  • Inspección de Trabajo y Seguridad Social: Vigilancia del cumplimiento normativo, asesoramiento a empresas y trabajadores, elaboración de informes de accidentes de trabajo (AT) y enfermedades profesionales (EP), y paralización de actividades en caso de riesgo grave e inminente.

Ámbito de Aplicación y Sujetos

Sujetos Incluidos

Relaciones laborales incluidas en el Estatuto de los Trabajadores (ET) y relaciones laborales especiales.

Sujetos con Peculiaridades

  • Socios trabajadores de cooperativas.
  • Trabajadores de establecimientos penitenciarios.
  • Personal civil de la Administración pública.
  • Personal civil de centros militares.

Sujetos Excluidos

  • Policía y seguridad aduanera.
  • Servicio de protección civil.
  • Fuerzas armadas.

Sujetos con Obligaciones Específicas

  • Fabricantes, importadores y suministradores de material.
  • Trabajadores autónomos.

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