Marco Regulatorio y Derechos Fundamentales en la Relación Laboral Española

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Marco Regulatorio y Derechos Fundamentales en la Relación Laboral

I. Principios de Aplicación del Derecho Laboral

  • Aplicación del Derecho Laboral: Se rige por principios esenciales:
    • Principio de norma mínima.
    • Principio *pro operario* (o *pro homine*).
    • Principio de norma más beneficiosa.
    • Principio de condición más beneficiosa.
    • Irrenunciabilidad de derechos.

II. Administración Laboral y Organismos Competentes

La gestión y supervisión de las relaciones laborales recae en diversas entidades:

  • Administración Laboral – Ministerio de Empleo y Seguridad Social: Incluye organismos clave como:
    • Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
    • Instituto Nacional de Seguridad e Higiene.
    • Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
    • Fondo de Garantía Salarial (FOGASA).

III. Derechos y Deberes de las Partes

A. El Trabajador

  • Derechos: Incluyen la libre sindicación, el derecho a huelga y el derecho de reunión.
  • Deberes: Trabajar con diligencia y buena fe, y cumplir las órdenes del empresario.

B. El Empresario

  • Potestades: Principalmente el poder de dirección.
  • Deberes: Respetar los derechos fundamentales del trabajador.

IV. La Jornada Laboral y el Tiempo de Trabajo

A. Definición y Duración

Jornada Laboral: Es el tiempo durante el cual el trabajador se encuentra a disposición del empleador en su puesto de trabajo. Su duración se pacta en los convenios colectivos o contratos de trabajo.

B. Descansos

  • Descanso durante la jornada: 15 minutos si la jornada excede de 6 horas; 30 minutos si excede de 4 horas y media.
  • Descanso Semanal: Mínimo de día y medio ininterrumpido, o dos días ininterrumpidos.
  • Descanso Anual (Vacaciones): Mínimo de 30 días naturales al año.
  • Fiestas Laborales: Máximo de 14 días al año, incluyendo fiestas locales y nacionales (mínimo 4 nacionales).

C. Horas Extraordinarias

Las horas extras son aquellas que exceden la duración de la jornada de trabajo establecida en el contrato. Pueden ser voluntarias u obligatorias, con un máximo legal de 80 horas anuales.

V. Permisos y Ausencias del Trabajo

Permisos retribuidos: El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo con derecho a remuneración en los siguientes supuestos (entre otros):

  • Matrimonio: 15 días.
  • Nacimiento de hijo o fallecimiento, accidente o enfermedad grave de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
  • Traslado de residencia habitual.

VI. La Retribución: El Salario

A. Concepto y Clasificación

SALARIO: Es la totalidad de las percepciones económicas que reciben los trabajadores por la prestación profesional de sus servicios laborales por cuenta ajena.

  • Según medio de pago: Salario en especie y Salario en metálico.
  • Según método de cálculo: Salario por unidad de obra, por unidad de tiempo, o mixto.

B. Componentes del Salario

  • Salario Base: Retribución fijada por unidad de tiempo o de obra.
  • Complementos salariales: Cantidad que se suma al salario base (ej. complementos personales o por puesto de trabajo).
  • Complementos no salariales: Compensación por gastos (ej. gastos de locomoción, dietas).

C. Garantías Salariales

  • Salario Mínimo Interprofesional (SMI): Retribución mínima que deben percibir todos los trabajadores, independientemente de su categoría o tipo de contrato.
  • FOGASA: Organismo que garantiza el pago de salarios e indemnizaciones pendientes de los empresarios cuando estos se encuentran en situación de concurso o insolvencia.

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