Masa activa y pasiva en el concurso de acreedores

Clasificado en Derecho

Escrito el en español con un tamaño de 3,22 KB

Masa activa de la empresa

La masa activa de la empresa del concurso: todos los bienes y derechos (elementos esenciales para que la empresa funcione) tiene la empresa, salvo los legalmente inembargables. Sirve para saber lo que tiene la empresa para poder hacer el concurso.

Acciones de reintegración

Después el juez lleva a cabo las acciones de reintegración. Aquellas operaciones que durante los últimos dos años se han transmitido a favor, se reintegra, es decir, las va a anular. Las acciones de reintegración, encaminadas a devolver al patrimonio del deudor bienes y derechos que salieron en los dos últimos años (denominado periodo sospechoso).

Cualquier salida del patrimonio de la empresa durante los dos últimos años está en el periodo sospechoso antes de que se declare en concurso.

Inventario de la masa activa

La determina el AC (administrador concursal), que se presentara junto con su informe un inventario de la masa activa, con una relación de bienes y derechos y su avalúo (valoración). El inventario es un registro de todos los productos que tiene la empresa, un registro de bienes.

Masa pasiva

Sirve para atender a la masa pasiva, es decir, el conjunto de deudas que tenemos a los deudores que tenemos que pagar. La masa concursal (masa pasiva) tiene mucha importancia. Tenemos dos tipos de créditos: los créditos contra la masa y concursales-

Créditos contra la masa

Son los primeros que se pagaran porque son los que se generan después de haberse declarado del concurso. Que son créditos pos concursales.

Créditos concursales

Anteriores a la declaración del concurso, se dividen en:

  • Con privilegio especial: la ley los determina de manera especialmente favorecidos. Son los que están garantizado con garantía hipotecaria o con prenda. Una prenda es
  • Con privilegio general: son fundamentales las nóminas de los trabajadores, partes sensibles de la empresa que se van a pagar después de los primeros.
  • Ordinarios: los que no se califiquen ni de privilegiados ni de subordinados. Serán satisfechos tas los créditos con privilegio general en proporción a su importe.
  • Subordinados: los que se pagan después de los privilegios y ordinarios. Los últimos que se pagan. Son, fundamentalmente, créditos comunicados de forma tardía por el acreedor, intereses, multas, y los de persona especialmente relacionada con el deudor.

Posibles soluciones

El A. C informa sobre las causas del concurso y posible solución, que será alguna de las siguientes:

  • Convenio concursal: busca la viabilidad del concursado y la satisfacción de los acreedores. El convenio propondrá: Una quita: una rebaja de la deuda (nunca superior al 50% de los créditos ordinarios) Una espera: posponer el vencimiento de una deuda (nunca más de 5 años) En cualquier caso, el convenio deberá ir acompañado de un plan de viabilidad. En Junta de acreedores se examinarán y votarán todas las propuestas presentadas.
  • Liquidación concursal: es la venta de todos los activos del concursado y el reparto de lo obtenido entre los acreedores. Para que el convenio se acuerde necesitamos el 50% de los votos.

Entradas relacionadas: