El Matrimonio y la Familia en el Código Civil

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La Familia

Artículo 1 El Estado debe velar por la protección de la familia, núcleo natural y fundamental de la sociedad (artículo 51 CP).

Artículo 2. Principios: unidad de la familia, interés superior de los menores, derechos y deberes.

Artículo 5. Protección especial PANI: interés superior del menor y la madre.

Artículo 6. Exentos de impuestos, timbres y papel.

Artículo 7. Asistencia legal gratuita.

Artículo 9. Sumarios.

Artículo 21. Dispensa de asentimiento por tribunal: estado de abandono / delitos cuya pena se extinga con el matrimonio.

Tipos de Familia

  • Monoparental: Clásica M - P - H.
  • Extensa/Ampliada: madre, padre, primos, abuelos.
  • Ensamblada: compuestas por otras familias.

El Matrimonio

Artículo 12. Matrimonio: objetivos.

Artículo 13. Consentimiento: legal y expreso.

Esponsales

Símbolos de promesa, sin efectos jurídicos.

Impedimentos para el Matrimonio

  1. Ligamen anterior.
  2. Ascendientes, descendientes, consanguíneos o afines (no importa si ya no hay vínculo de madrastra).
  3. Hermanos consanguíneos.
  4. Adoptante y adoptado.
  5. Autor, coautor o cómplice de homicidio de uno de los cónyuges.
  6. Mismo sexo.

Causales de Nulidad del Matrimonio

Dejar sin efectos:

  1. Que uno haya consentido por violencia o por error de identidad.
  2. Quien carece de capacidad volitiva o cognitiva.
  3. Incapacidad por impotencia absoluta o incurable.
  4. Ante funcionario incompetente.

Nota: Las causales 1 y 2 quedan revalidadas al mes.

Matrimonios Prohibidos

Falta de requisitos:

  1. Menor de 18 años sin asentimiento previo y expreso de quien ejerza la patria potestad o tutela.
  2. Tutores o descendientes con sus pupilos mientras no estén aprobadas y canceladas las cuentas finales de la tutela, salvo que los padres lo permitieran expresamente en testamento.
  3. Sin previa publicación de edictos.
  4. Transcurran 300 días desde la declaratoria (inconstitucional, coarta el derecho de elección y paternidad responsable, discrimina a la mujer).

Patria Potestad

No se puede negociar:

  • Cuidado
  • Crianza
  • Educación

Guarda: se puede negociar. Asiente quien posee la patria potestad.

Requisitos para el Matrimonio

  • Dos testigos que declaren bajo juramento.
  • Documentos de asentimiento cuando sea necesario.
  • Asientos de los contrayentes de libertad de estado.
  • Registro Civil (RC).
  • Disolución de matrimonio en caso de ser necesario.
  • Expresar voluntad sin que quepa duda.
  • Acta firmada, copias.
  • El funcionario tiene 8 días para presentar al Registro Civil.

Poder especialísimo en escritura pública.

Bienes Gananciales

  • Derecho de participación en la mitad del valor neto.
  • Liquidación anticipada de bienes.
  • No se puede distraer el patrimonio.
  • No son gananciales: bienes adquiridos a título gratuito, por causa aleatoria o si el título precede al matrimonio.

Régimen de Afectación Familiar

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