Mecanismos de Emergencia y Reconstrucción: Estados de Excepción, Gestión de Desastres y Fondos de Apoyo

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Estados de Excepción: Protección y Seguridad Nacional

La declaración de excepción es un mecanismo legal diseñado para proteger la estabilidad y seguridad de un país o zona específica ante situaciones anormales de diversa índole. Se declara, entre otros casos, en situaciones de calamidad pública, y sus efectos son los siguientes:

  • Las zonas afectadas quedan bajo la dependencia del Jefe de la Defensa Nacional, quien es designado por la Presidenta o Presidente.
  • La Presidenta o Presidente posee facultades excepcionales para restringir:
    • Las libertades de locomoción y de reunión.
    • Disponer requisiciones de bienes.
    • Establecer limitaciones al ejercicio del derecho de propiedad.
    • Adoptar todas las medidas extraordinarias de carácter administrativo que sean necesarias para el pronto restablecimiento de la normalidad en la zona afectada.

Además, estas facultades también pueden recaer, total o parcialmente, en el Jefe de la Defensa Nacional designado, si la Presidenta o Presidente así lo decide.

Deberes y Responsabilidades del Jefe de la Defensa Nacional

El Jefe de la Defensa Nacional tendrá los siguientes deberes y responsabilidades:

  • Asumir el mando de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública que se encuentren en la zona.
  • Controlar la entrada y salida de la zona, así como el tránsito dentro de ella.

Causales para la Declaración de Estados de Excepción

Los estados de excepción pueden ser declarados en diversas situaciones, incluyendo:

  • Situación de guerra externa.
  • Situaciones de guerra interna o conmoción interior.
  • Situaciones de grave alteración del orden público, daño o peligro para la seguridad nacional.
  • Situaciones de calamidad pública.

Marcos Internacionales para la Reducción del Riesgo de Desastres

El Marco de Acción de Hyogo (2005-2015) fue un acuerdo internacional que buscaba lograr, para el año 2015, “la reducción considerable de las pérdidas ocasionadas por los desastres, tanto de vidas como de bienes sociales, económicos y ambientales de las comunidades y los países”.

Posteriormente, desde 2016, entró en vigor el Marco de Acción de Sendai (2015-2030), que tiene como objetivo principal la reducción de víctimas por desastres para el año 2030.

Fondo Nacional de la Reconstrucción y Beneficios Tributarios

La Ley N°20.444 creó el Fondo Nacional de la Reconstrucción y estableció una serie de beneficios tributarios para las donaciones destinadas a financiar la construcción, reconstrucción y restauración de infraestructura afectada en las comunas declaradas Zonas de Catástrofe.

Modalidades de Donación

Existen diferentes modalidades para realizar donaciones al Fondo:

  • Donaciones en dinero: Se realizan a través de la Tesorería General de la República, mediante el formulario correspondiente.
  • Donaciones en especies: Para estas, los requisitos incluyen ser contribuyente del impuesto de primera categoría de la Ley de Renta y presentar el formulario específico.

Propuesta de Obras para el Fondo

Para proponer una obra específica (pública o privada) que pueda recibir donaciones a través del Fondo, es necesario crear una cuenta en el sistema y completar los formularios requeridos.

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