Mecanismos de Protección de Derechos Fundamentales: Recurso de Amparo y Trascendencia Constitucional
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La Especial Trascendencia Constitucional y el Acceso al Tribunal Constitucional
Se entenderá que existe especial trascendencia constitucional en los casos en que el demandante argumente, no solo los motivos por los que considera vulnerados los derechos fundamentales alegados, sino también las razones por las que entiende que la demanda merece una decisión sobre el fondo por parte del Tribunal Constitucional (TC).
Al igual que se espera de los recurrentes que justifiquen que la actividad impugnada ha lesionado sus derechos fundamentales, esta carga procesal les obliga a explicar por qué la demanda debería ser admitida a trámite. Este requisito es crucial para la función del TC.
Vías de Protección de Derechos Fundamentales en la Constitución Española (CE)
La Constitución Española establece diferentes vías para la protección de los derechos, clasificadas según su ubicación en el Título I:
Derechos Fundamentales y Libertades Públicas (Sección 2ª, Artículos 30 a 38)
Art. 24: Tutela judicial efectiva. Estos derechos e intereses son tutelados por los Tribunales ordinarios.
Derechos y Deberes de los Ciudadanos (Sección 1ª, Artículos 14 a 29)
Estos derechos gozan de la máxima protección:
- Art. 53.2: Tutela judicial efectiva preferente y sumaria ante los Tribunales ordinarios.
- Art. 53.2: Recurso de Amparo ante el Tribunal Constitucional.
Principios Rectores de la Política Social y Económica (Capítulo Tercero, Título I, Artículos 39 a 52)
Estos principios deben ser alegados ante la Jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las leyes que los desarrollen.
El Recurso de Amparo Constitucional
El Recurso de Amparo es una herramienta fundamental para la protección de los derechos y libertades. Solo se puede interponer tras haber agotado todas las vías ante la Justicia ordinaria.
Requisitos clave:
- El derecho fundamental vulnerado tiene que encontrarse en la Sección 1ª del Capítulo Segundo del Título I de la CE (Artículos 14 a 29).
- Solo se podrá presentar contra actos de los poderes públicos.
Tipos de Recurso de Amparo (LOTC)
- Art. 42 LOTC: Contra disposiciones o actos del Poder Ejecutivo.
- Art. 43 LOTC: Contra disposiciones o actos de cualquier Poder Público (incluyendo el Legislativo).
- Art. 44 LOTC: Contra actos u omisiones del Poder Judicial.
Acceso al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH)
Solo se podrá acudir al TEDH si los Tribunales Ordinarios y el Tribunal Constitucional no han tutelado adecuadamente el derecho fundamental afectado, una vez agotadas todas las instancias internas.
Concepto de Acción Positiva
La Acción Positiva busca eliminar las desigualdades existentes entre grupos históricamente discriminados. Aunque estas medidas son socialmente beneficiosas, pueden generar perjuicios a terceros.
Cuando los poderes públicos implementan una cláusula de acción positiva, deben explicar que no están discriminando, sino que están tratando de manera diferente a aquellas personas que se encuentran en situaciones objetivamente distintas, buscando la igualdad material.