Mecanismos de Resolución de Conflictos Fiscales: Transacción Judicial y Arbitraje Tributario
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La Transacción Judicial y el Arbitraje Tributario
La Transacción Judicial en el Proceso Contencioso Tributario
Procedimiento de la Transacción Judicial
La transacción judicial es un procedimiento que las partes solicitan para llegar a un acuerdo, sustrayendo la decisión del juez natural. Su objetivo es resolver el proceso de manera expedita mediante mutuas concesiones.
Inicio del Procedimiento: Una vez admitido el recurso contencioso tributario, el recurrente puede, hasta antes del acto de informes, presentar un escrito al tribunal solicitando la transacción judicial. En este escrito, deberá explicar los términos y modalidades para alcanzar un acuerdo sobre los tributos, las sanciones pecuniarias y los intereses moratorios.
Suspensión del Proceso: Como consecuencia de la solicitud, el tribunal suspende el proceso por un plazo de 90 días y remite las actuaciones a la Administración Tributaria para que analice y estudie la propuesta de transacción judicial planteada por el contribuyente.
Intervención de la Procuraduría General de la República: Cuando la Administración Tributaria recibe la solicitud del tribunal, forma un expediente y lo envía a la Procuraduría General de la República junto con la solicitud de transacción del contribuyente, para que esta emita su opinión. La opinión de la Procuraduría no es vinculante y tiene un plazo de 30 días para dar respuesta. Si en este lapso no hay respuesta, se considera que la Procuraduría está de acuerdo con la transacción planteada.
Elaboración y Aceptación del Acuerdo: Si la Administración Tributaria está de acuerdo, procede a elaborar el acuerdo transaccional y lo comunica al contribuyente. Este último dispone de 5 días para pronunciarse sobre su aceptación o rechazo de lo elaborado por la Administración Tributaria, en base al planteamiento inicial del contribuyente.
Generalmente, la Administración Tributaria no hace concesiones respecto al tributo principal. Sin embargo, sí puede hacerlas sobre los accesorios del tributo, como multas, sanciones pecuniarias e intereses moratorios. También es posible que no haya concesión sobre los montos adeudados, pero sí sobre la forma de pago (por ejemplo, fraccionamiento, extensión o la constitución de garantías para asegurar el cumplimiento del pago).
El Arbitraje Tributario
Procedimiento del Arbitraje Tributario
Objeto y Características
El arbitraje tributario constituye un fuero excluyente de la jurisdicción contenciosa tributaria. Es un mecanismo que puede ser decidido en un plazo de 6 meses, prorrogable por mutuo acuerdo por 6 meses más. Las partes pueden solicitarlo con la finalidad de que la decisión no sea tomada por su juez natural (el de la jurisdicción contenciosa tributaria), sino por un panel de tres jueces, quienes actuarán como árbitros y conformarán el tribunal de la causa, no siendo este un tribunal accidental.