El Mercado y el Empresario en el Derecho Mercantil

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El Mercado

I. Consideración General

Conjunto de personas y organizaciones que participan de alguna forma en la compra y venta de bienes y servicios. Son las condiciones generales en que se producen y venden determinadas cosas. Puede ser centralizado, electrónico, descentralizado, etc. Se caracteriza fundamentalmente por reunir a los compradores y a los vendedores para fijar los precios y las cantidades.

II. Libertad de Empresa

1. Planteamiento General

En principio, cualquier persona puede ejercer una actividad económica. Sin embargo, ello requiere unas condiciones mínimas de capacidad, e incluso ciertas personas con una capacidad inicial suficiente pueden sufrir ciertas restricciones o limitaciones. El Estado tiene la facultad de controlar ciertas actividades.

2. Contenido Esencial del Principio de Libertad de Empresa

  • Libertad de iniciativa tanto para personas físicas como jurídicas.
  • El mercado es quien fija los precios mediante la oferta y la demanda.
  • Iniciativa privada y pública.

3. Límites al Principio de Libertad de Empresa

a) Reserva al sector público: Ciertas materias consideradas esenciales pueden reservarse al sector público, indemnizando el perjuicio que se ocasione y cuando se cumpla un fin social o estratégico.

b) Expropiación: Cuando, con arreglo a las leyes y por motivos de interés público o necesidad social, el empresario se vea privado de la titularidad de la empresa, previa indemnización del justiprecio.

c) Intervención de empresas: No se produce cambio de titularidad, pero el Estado pasa a tener el control sobre los órganos de decisión de la empresa que se encuentre en una situación crítica.

III. Los Consumidores

1. Concepto

No existe una única noción de consumidor, necesariamente cada ley recogerá la idea de consumidor. El consumidor y usuario interviene en las relaciones de consumo con fines privados.

2. Técnicas Legales de Tutela

El Derecho del consumo nace en el último tercio del siglo XX y contiene una regulación específica. La responsabilidad recae sobre los empresarios que prestan servicios, siempre que no se hayan producido por culpa del consumidor.

3. Aproximación a las Normas de Defensa de los Consumidores

Contemplan derechos diversos para su protección: derecho a la salud y seguridad, protección de los legítimos intereses, las disposiciones de la Ley de Ordenación del Comercio Minorista, contratación electrónica, inferioridad, subordinación e indefensión.

El Empresario

I. Concepto Jurídico de Empresario

1. Consideración General

Se excluye del concepto a los profesionales liberales y artistas.

Notas esenciales:

  • Organización (organizar instrumentos de producción, proceso productivo, satisfacer la demanda).
  • Profesionalidad.
  • Actuación en nombre propio (el derecho no exige que el empresario despliegue la actividad directa y personalmente).
  • Imputabilidad.

No serán empresarios aquellos que realicen una actividad económica organizada y profesionalmente si no actúan en nombre propio.

2. El Estatuto Jurídico del Empresario

  • Régimen especial y homogéneo, categoría específica de sujetos.
  • No todos los empresarios están sometidos al mismo régimen jurídico.
  • Perspectiva económica: asumir riesgos.
  • Perspectiva jurídica: responsabilidad.
  • El empresario responde del cumplimiento de sus obligaciones con todos sus bienes presentes y futuros (en el empresario social no).
  • El empresario responde de los daños causados por sus dependientes.

Ejemplo de Supermercado: alimentos, higiene, limpieza, cosméticos, fármacos, servicios sanitarios, gas, electricidad.

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