Métodos No Adversariales de Resolución de Conflictos: Negociación, Mediación y Conciliación
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Métodos No Adversariales:
Negociación:
Involucra la voluntad de las partes, tiene carácter informal, es directa y permite a las partes poseer el control sobre el proceso y la solución sin la necesidad de una intervención de terceros.
Los elementos básicos que deben existir en una negociación involucran la necesidad de que dos o más partes presenten un conflicto con intereses comunes y opuestos, que las partes deben tener alguna dosis de poder y que deben buscar, sin la intervención de otros, una posible solución.
Mediación:
Significa “estar en el medio”. La mediación es algo que todos hemos hecho alguna vez, que se hacía en la antigüedad en distintos pueblos y culturas y continúa siendo una realidad entre naciones, empresas, grupos e individuos que, informal o formalmente, dirimen disputas con la participación de un tercero neutral.
Este proceder consiste en que cuando las partes no pueden solucionar directamente una controversia y se interrumpen las negociaciones, pueden recurrir a un tercero neutral, mediador, para que facilite la comunicación a fin de que las partes desplieguen sus esfuerzos para encontrar una solución o acuerdo satisfactorio para todos los participantes, con el menor costo de tiempo y desgaste emocional. El tercero no plantea alternativas de solución, solo es un facilitador del diálogo, no tiene poder para tomar decisiones y los participantes pueden o no llegar a un acuerdo.
Objetivo de la mediación:
Reducir la hostilidad y establecer una comunicación eficaz. Ayudar a las partes a comprender las necesidades e intereses propios del otro. Explorar formulando preguntas que pongan de manifiesto los intereses reales de cada parte. Plantear y aclarar cuestiones que han sido pasadas por alto, o que no han recibido la suficiente atención. Ayudar a las personas a concebir y comunicar nuevas ideas.
Propósito del proceso de mediación:
No es determinar quién tiene razón, quién está en lo correcto y quién está equivocado, sino ir a la fuente de la disputa y resolverla.
Características:
- Voluntariedad: las partes deben poseerla para decidir aspectos tales como permanecer o no durante el procedimiento.
- Autocomposición: las partes participan activamente del diálogo dirigido por el mediador, manteniendo el poder de decidir qué solución se adoptará.
- Confidencialidad: lo que significa que la información manejada no podrá ser revelada en otros ámbitos.
- Cooperación: se estimula a las partes a trabajar juntas para resolver un conflicto en común.
- Acento en el futuro: se alienta a las partes a concentrarse en el futuro.
- Informal, pero con estructura: puesto que el mediador no está obligado por las reglas procesales, y dado sus conocimientos, puede rápidamente simplificar el caso y descartar lo irrelevante. Y, a la vez, se ha considerado un mecanismo estructurado porque, aunque sea flexible, existe un procedimiento en el que se cumplen diversos pasos.
Conciliación:
Consiste en el proceso donde interviene un tercero neutral, denominado conciliador, que tiene la facultad de sugerir alternativas de solución cuando las partes no logran llegar a un acuerdo, pero las partes retienen el poder de decisión para aceptar o rechazar las sugerencias del conciliador. El tercero neutral y calificado puede ser el juez, otro funcionario público o un particular.
La conciliación es voluntaria, se necesita de la autonomía de las partes y de la intervención de un tercero, el cual ejerce el control del proceso y provee fórmulas de solución.