La Moción de Censura Constructiva en España: Requisitos, Tramitación y Efectos
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La Moción de Censura Constructiva en España
2.1. Concepto y Naturaleza
La moción de censura es un mecanismo de exigencia de responsabilidad política del Gobierno regulado en el artículo 113 de la Constitución Española (CE). Se trata de una moción constructiva, lo que implica la obligación de incluir un candidato a la presidencia del Gobierno. Si la moción prospera, el candidato propuesto sustituye al presidente del Gobierno existente, evitando así vacíos de poder.
2.1.1. Requisitos
El artículo 113.2 CE establece dos requisitos para presentar una moción de censura:
- Que sea propuesta"al menos por la décima parte de los diputado".
- Que incluya"un candidato a la presidencia del Gobiern".
2.1.2. Tramitación Parlamentaria
a) Presentación de la Moción:
- Mediante un escrito motivado dirigido a la Mesa del Congreso, que debe incluir un candidato a la presidencia del Gobierno que haya aceptado la candidatura.
b) Admisión a Trámite:
- La Mesa del Congreso comprueba que la moción reúne los requisitos y la admite a trámite, trasladándola al presidente del Gobierno y a los portavoces de los grupos parlamentarios.
c) Plazo para Presentaciones Alternativas:
- Se abre un plazo de dos días para la presentación de mociones alternativas, que deben cumplir los mismos requisitos y trámites de admisión.
d) Periodo de Enfriamiento:
- La moción de censura no puede votarse hasta que transcurran cinco días desde su presentación (artículo 113.3 CE).
e) Debate en el Pleno del Congreso:
- Inicia el debate uno de los diputados firmantes de la moción, sin límite de tiempo.
- Interviene el candidato propuesto para la presidencia del Gobierno, exponiendo su programa político.
- Intervienen representantes de los grupos parlamentarios (máximo 30 minutos).
- Todos los intervinientes tienen derecho a réplica o rectificación (10 minutos).
f) Votación de la Moción:
- Votación pública por llamamiento (artículo 85.2 del Reglamento del Congreso de los Diputados (RCD)).
- Para su aprobación, se requiere el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros del Congreso.
2.1.3. Efectos
a) Aprobación de la Moción:
- El Gobierno censurado dimite ante el Rey.
- El candidato incluido en la moción es investido presidente del Gobierno por el Rey (artículo 114.2 CE).
b) Rechazo de la Moción:
- El Gobierno continúa ejerciendo sus funciones.
- Los diputados firmantes no pueden presentar otra moción durante el mismo periodo de sesiones.
Conclusión
La regulación de la moción de censura constructiva en España refuerza la estabilidad del Gobierno, dificultando su derrocamiento incluso en situaciones de minoría parlamentaria. Esto explica su escasa utilización desde la aprobación de la Constitución de 1978.