Modalidades de Contratación Laboral y Normativa sobre Despidos en la Legislación Argentina
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Fondo de Reparo
Siendo el empresario responsable de la ejecución, es natural y conveniente que el comitente exija alguna garantía para responder ante algún tipo de incumplimiento. Se puede estipular en los contratos retener de cada liquidación entre un 5%, 10% o 15%. Esto asegura, en parte, que se pueda conformar lo que se denomina fondo de reparo.
Contrato por Tiempo Indeterminado
Es aquel que protege al trabajador debido a que le otorga seguro económico y social, gracias al hecho de su continuidad a través del tiempo.
Despido sin Causa
El empleador puede despedir al trabajador sin causa, pero deberá abonarle una indemnización tarifaria relacionada con su antigüedad. Por ejemplo: si el trabajador tiene 8 años y 2 meses de antigüedad, esta sería equivalente a 8 sueldos. Si fueran 5 años y 5 meses, se tomarán 6 sueldos, ya que han pasado más de 3 meses del último año.
Despido con Causa
El empleador tiene un motivo justificado para despedir al trabajador. Por ejemplo: si el empleado sustrajo un elemento de la fábrica donde trabajaba. Si el argumento es probado, no se abonará indemnización.
Despido por Fuerza Mayor, Falta o Disminución de Trabajo
En casos de fuerza mayor o por falta o disminución de trabajo no imputable al empleador debidamente justificada, el trabajador tendrá derecho a una indemnización equivalente a la mitad de la prevista en el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo (L.C.T.). El despido comienza por el personal menos antiguo. Respecto al personal ingresado en una misma fecha, se comenzará por aquel que tenga menos cargas de familia.
Jornada de Trabajo
Para estos tipos de trabajo, la jornada es de 8 horas diarias o 48 horas semanales. Para los menores de 16 años, se fija una jornada de 6 horas diarias y 36 horas semanales.
Aportes y Contribuciones
Los empleadores deberán realizar los aportes y contribuciones establecidos en la ley, sin disminuciones ni excepciones.
Contrato de Trabajo a Plazo Fijo
Es un contrato cuya duración opera al vencimiento del plazo convenido, el cual no puede exceder los 5 años.
Contrato de Trabajo de Temporada
Se da cuando la relación entre las partes se cumple en determinadas épocas del año y está sujeta a repetirse en cada ciclo en razón de la naturaleza de la actividad. Ejemplo: hoteles.
Notificación
El empleador deberá notificar, en forma personal o por medios idóneos, a los trabajadores su voluntad de reiterar la relación laboral; el trabajador tiene 5 días para responder. Si el trabajador no contesta la notificación formalmente, se considerará que hizo abandono de trabajo.
Contrato de Trabajo Eventual
Se caracteriza porque la actividad del trabajador se ejerce bajo la dependencia de un empleador. Se utiliza, por ejemplo, para sustituir a una mujer que se encuentra bajo una licencia legal por maternidad. Duración: termina con la realización de la obra o prestación del servicio. Este contrato no puede exceder los 6 meses por año y hasta un máximo de 1 año en un periodo de 3 años. Si se reincorpora el reemplazado y el trabajador sigue prestando servicio, este contrato se convierte en uno de tiempo indefinido.
Contrato de Trabajo por Grupo o Equipo
Es el celebrado por un empleador con un grupo de trabajadores actuando a través de un representante. Se obliga a la prestación de servicios propios de la actividad. El empleador tiene los mismos deberes con cada uno de los integrantes. El trabajador que se retira tendrá derecho a la liquidación de la participación que le corresponda por el trabajo ya realizado. Este tipo de contrato puede ser por tiempo indeterminado o determinado.
Nuevos Contratos Incorporados a la Ley de Contrato de Trabajo
En el año 1965 se incorporaron a la ley nuevas modalidades contractuales:
Contrato o Periodo de Prueba
Es la modalidad que más se ha puesto en práctica, aunque su uso no ha sido el que se pretendía. Gran cantidad de empresas han tomado personal por 3 o 6 meses y, luego de ese periodo de tiempo, rescindieron el vínculo con los trabajadores reemplazándolos por otros. Si bien es cierto que con este manejo las empresas se ahorran abonar sumas indemnizatorias, a corto plazo les termina dando más pérdida que ganancia, ya que el trabajador no se especializa en su tarea, disminuyendo la calidad.
Contrato de Trabajo a Tiempo Parcial
Están cada vez más utilizados, siendo beneficiosos para ambas partes, porque las empresas cubren sus necesidades y el trabajador dispone de mayor tiempo libre. Los trabajadores a tiempo parcial no realizan horas extras, excepto cuando se trate de una especie de auxilio o emergencia.
Pasantía
Es un régimen especial que permite a la empresa tomar jóvenes estudiantes a través de establecimientos educativos con el objeto de formarlos en sus profesiones. Se define como una especie de práctica para que el estudiante aplique sus conocimientos teóricos. El estudiante no cobra sueldo; se establece que la empresa abone un viático, al tiempo que el pasante recibe los beneficios de la empresa (ejemplo: comedor, transporte, etc.).