Modelo de Cuaderno TIR: Normas y Procedimientos Aduaneros

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Modelo de Cuaderno TIR: Normas y Procedimientos Aduaneros

(Nombre de la organización internacional)

CUADERNO TIR (Véase el anexo 1 del Convenio TIR de 1975, elaborado bajo los auspicios de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa - UNECE).

Datos del Cuaderno TIR

  • N.º 1. Válido para la aceptación de mercancías por la aduana de salida hasta el ..... inclusive.
  • 2. Expedido por: ..... (Nombre de la asociación expedidora)
  • 3. Titular: ..... (nombre, dirección y país)
  • 4. Firma del delegado de la asociación expedidora y sello de dicha asociación:
  • 5. Firma del secretario de la organización internacional:

Datos a Completar por el Titular (Antes de su Utilización)

  • 6. País de salida: .....
  • 7. País(es) de destino: ..... (Táchese lo que no proceda.)
  • 8. Número(s) de matrícula del (de los) vehículo(s) de transporte por carretera: ..... (Táchese lo que no proceda.)
  • 9. Certificado(s) de aprobación del (de los) vehículo(s) de transporte por carretera (número y fecha): ..... (Táchese lo que no proceda.)
  • 10. Número(s) de identificación del (de los) contenedor(es): ..... (Táchese lo que no proceda.)
  • 11. Otras observaciones: .....
  • 12. Firma del titular del cuaderno: .....

Normas de Uso del Cuaderno TIR

(Según normativa resumida)

A. Disposiciones Generales

  1. Expedición: El cuaderno TIR se expedirá en el país de salida o en el país en el que esté establecido o domiciliado el titular.
  2. Idioma: El cuaderno TIR estará impreso en francés, con excepción de la página 1 de la cubierta, cuyas rúbricas estarán también impresas en inglés. Las normas para la utilización del cuaderno TIR se reproducen también en inglés en la página 3 de dicha cubierta. Podrán agregarse al cuaderno hojas suplementarias con la traducción del texto impreso a otros idiomas.
  3. Validez: El cuaderno TIR será válido hasta la terminación de la operación TIR en la aduana de destino, siempre que haya sido aceptado en la aduana de salida dentro del plazo fijado por la asociación expedidora (rúbrica 1 de la página 1 de la cubierta y rúbrica 4 de los talones).
  4. Número de Cuadernos: Se establecerá un solo cuaderno TIR para un conjunto de vehículos (vehículos acoplados) o para varios contenedores cargados sobre un solo vehículo o un conjunto de vehículos (véase también el apartado d) del párrafo 10).
  5. Número de aduanas de salida y de destino: Los transportes efectuados al amparo de un cuaderno TIR podrán tener varias aduanas de salida y de destino, pero salvo autorización:
    • a) Las aduanas de salida deberán estar situadas en el mismo país.
    • b) Las aduanas de destino no podrán estar situadas en más de dos países.
    • c) El número total de aduanas de salida y de destino no podrá exceder de cuatro (véase también el apartado e) del párrafo 10).
  6. Número de hojas: Si el transporte se efectúa por una sola aduana de salida y una sola aduana de destino, el cuaderno TIR deberá tener por lo menos dos hojas para el país de salida, tres hojas para el país de destino y dos hojas para cada país restante cuyo territorio se atraviese. Por cada aduana de salida o destino suplementaria se necesitarán otras dos, o en su caso tres hojas; si las aduanas de destino están situadas en dos países distintos, habrá que agregar además otras dos hojas.
  7. Presentación en las aduanas: El cuaderno TIR será presentado, juntamente con el vehículo de transporte por carretera, el conjunto de vehículos, el contenedor o los contenedores, en cada una de las aduanas de salida, de tránsito y de destino. En la última aduana de salida, el funcionario competente firmará y pondrá el sello de la aduana con la fecha del día al pie del manifiesto de todos los talones que hayan de utilizarse para la continuación del transporte.

B. Procedimientos en Caso de Incidentes

En caso de incidentes durante el trayecto, se deben seguir los siguientes procedimientos:

  • Rotura de Precinto o Daño a Mercancías: Si fortuitamente se rompe un precinto aduanero o se echan a perder o resultan dañadas mercancías, el transportista se dirigirá inmediatamente a las autoridades aduaneras más cercanas o, en su defecto, a otras autoridades competentes del país. Se extenderá el acta de comprobación del cuaderno TIR.
  • Accidente con Trasbordo: Si un accidente requiere trasbordo a otro vehículo o contenedor, este se efectuará en presencia de una autoridad, quien extenderá el acta. El vehículo o contenedor sustitutivo deberá estar aprobado (salvo mención de "mercancías pesadas o voluminosas"), precintado y descrito en el acta. Si no hay vehículo aprobado, se permitirá el trasbordo si ofrece garantías suficientes, sujeto a la aprobación de las autoridades aduaneras de los países siguientes.
  • Peligro Inminente: En caso de peligro inminente que exija descarga inmediata, el transportista podrá actuar por iniciativa propia, debiendo demostrar la necesidad de tal acción. Deberá notificar a las autoridades para comprobación, verificación de carga, precintado y extensión del acta.
  • Acta de Comprobación: El acta de comprobación permanecerá unida al cuaderno TIR hasta la aduana de destino. Se recomienda a las asociaciones facilitar formularios adicionales del acta en los idiomas de los países a atravesar.

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