Modelo de recurso jerárquico
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- El principio de responsabilidad en el derecho administrativo Sancionador.
Principio de responsabilidad. Este Principio que prevé el art. 130.1 LPC, modula en su formulación el principio de Culpabilidad propio del Derecho penal, que literalmente exige la culpabilidad Para poder imponer penas.
El recurso de alzada.
Puede interponerse recurso de alzada contra aquellos actos Administrativos que no pongan fin a la vía administrativa, son dictados por Órganos inferiores de una administración, organismo público o entidad Determinada.
Se puede plantear ante un órgano que dicto el acto que se Impugna, en cuyo caso este deberá remitir el recurso al órgano competente para Resolverlo, siendo el superior jerárquico.
Su plazo de interposición depende de si se actúa contra una resolución expresa o presunta, será de un mes cuando se dirige un acto expreso O de tres meses cuando se dirige contra un acto presunto.
El plazo se computa desde la notificación o publicación del Acto, desde la última de ellas, en el que, si el acto es presunto, el plazo se Computara desde el día siguiente a aquel en el que se produzca los efectos del Silencio administrativo y si transcurren los plazos sin interponer recurso, la Resolución será firme.
La administración deberá resolver y notificar la resolución Del recurso en el plazo de 3 meses, si transcurre este plazo sin que recaiga Resolución, se entenderá desestimado el recurso por silencio negativo, excepto En el caso de que se dirija contra un acto presunto desestimatorio de una Solicitud, donde se entiende estimado el recurso de alzada, dicha resolución Expresa o por silencio pone fin a la vía administrativa sin que quepa otro Recurso de alzada o reposición.