El Estado Moderno: Soberanía, Teorías y Estructura

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Conceptos Fundamentales del Estado

La juridicidad implica la subordinación del poder público y, consecuentemente, de la actuación de todos los órganos del Estado al derecho.

Soberanía del Estado

Es la potencia absoluta y perpetua de una república. Es única, inalienable e indivisible.

Designa el máximo grado de potestad en el sentido de que no admite ningún otro poder por encima ni en concurrencia.

La soberanía tiene dos aspectos:

  • Jurídica: Capacidad que tienen los estados de acceder directamente a la esfera internacional.
  • Política: Dispone de la facultad de coaccionar e imponer.

Teorías Políticas Acerca Del Estado

La corriente idealista se manifiesta en concepciones sobre lo que debe ser el Estado. Su campo de operatividad es la deontología (ética) estatal y su método es el deductivo para calificar, conforme a ellos y a guisa de módulo, los diferentes estados existentes en la realidad histórico-política de las diversas etapas de la humanidad, colocando al Estado en un plano o nivel ideal para estructurar modalidades esenciales de su arquetipo.

La corriente realista tiene como finalidad primordial la elaboración de un concepto general del Estado. Establece que este es un mero hecho y considera, por consiguiente, que el Estado tiene una realidad sustancial.

La corriente organicista busca una síntesis de ambas, considerando lo mejor de cada una.

Tipos de Ordenamientos Jurídicos

Centralización

Es un sistema que retiene el ejercicio de la potestad pública en sus dos aspectos: gobierno y administración. Las funciones del poder nunca son cedidas a otras autoridades. Fuera del poder central no existe, por derecho propio o por derecho concedido, alguna o algunas parcelas de potestad pública.

Descentralización

Ocurre cuando determinados atributos de la potestad pública corresponden, en propiedad, a determinados grupos (ayuntamientos, provincias, regiones, corporaciones municipales), que tienen frente al Estado una relativa independencia.

Personalidad del Estado

Existe un debate sobre si el Estado posee personalidad jurídica:

  • Tesis Positiva: El Estado tiene personalidad y voluntad propias.
  • Tesis Negativa: El Estado no tiene personalidad; es una ficción jurídica.

Tipos de Poder

Poder Político

Resulta de la combinación de libertad + energía + superioridad. El Estado, como empresa, gobierna mediante la creación del orden y el derecho, no solo en materia material sino también jurídica, buscando la justicia y el bien común.

Poder de Derecho

Resulta de la combinación de autoridad + competencia.

Resistencia

Formas de resistencia frente al poder o actos del Estado:

  • Activa: Aplicación de todos los instrumentos de derecho con que cuenta el ciudadano o grupo (ej. recurso de revocatoria, recurso de revisión, apelación).
  • Pasiva: No accionar dentro de los alcances del ordenamiento jurídico con el fin de llamar la atención.

Órganos del Estado Costarricense

Los órganos del Estado poseen 3 atributos: autoridad, estructura y voluntad jurídica.

Clasificación por Origen

  • Originales / Primarios: Se crean por sí mismos, nacen en la Constitución (ej. Hacienda, Servicio Civil).
  • Derivados: Creados por ley. Suelen tener menos seguridad jurídica pero pueden ser más eficientes.

Clasificación por Número de Jerarcas

  • Unipersonal: Dirigido por 1 persona.
  • Colegiados: Dirigidos por 3 o más personas. Requieren convocatoria, debate y decisión. Si falta alguno de estos elementos, el acto es nulo.

Potestades de la Administración Pública

Diferentes capacidades o poderes dentro de la administración:

  • Potestad de Mando (P. Demando): Capacidad jurídica que tiene el Estado para designar a sus jerarcas o subordinados.
  • Potestad de Vigilancia (P. Vigila): Potestad y obligación que tiene un jerarca para requerir informes sobre la gestión (ej. Ley de Control Interno).
  • Potestad Disciplinaria (P. Disciplin): Posibilidad jurídica que tiene el jerarca para disciplinar al subordinado dentro de su competencia (puede derivar en responsabilidad administrativa, civil o penal).
  • Potestad de Previsión (P. Previsión): Característica de la administración pública; posibilidad que tiene la administración de variar los alcances de un acto administrativo.
  • Potestad de Resolución (P. Resolu): Característica del poder judicial; obligación de resolver conflictos allegados a su conocimiento.

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