Modificación, Suspensión y Extinción del Contrato de Trabajo: Conceptos Clave

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I. Modificaciones del contrato de trabajo

A) Movilidad funcional (Art. 39 ET)

  • Concepto: Cambio en las funciones del trabajador.
  • Tipos:
    • Horizontal: Cambio entre categorías equivalentes.
    • Vertical: Puede ser superior (actividades de superior categoría) o inferior (actividades de inferior categoría).
  • Requisitos:
    • Justificado por razones económicas o técnicas (requiere comunicación escrita).
    • Titulación adecuada al puesto asignado.
    • En caso de movilidad vertical ascendente, se cobra según la categoría superior.

B) Movilidad geográfica (Art. 40 ET)

  • Concepto: Cambio de lugar de trabajo de carácter permanente que implica un cambio de domicilio.
  • Requisitos: Notificación por escrito, preaviso de 30 días y debe estar justificado por razones económicas o técnicas.

C) Otras modificaciones del contrato (Art. 41 ET)

Afectan a condiciones sustanciales como:

  • Jornada laboral.
  • Horario.
  • Salario.

Opciones del trabajador:

  • Aceptar los cambios.
  • Extinción del contrato: Con una indemnización de 20 días de salario por año trabajado.
  • Aceptar e impugnar ante un juzgado:
    • Justificada: El trabajador debe reincorporarse o aceptar la medida.
    • Injustificada: El trabajador tiene derecho a una indemnización de 33 días de salario por año.

II. Suspensión del contrato: Causas y efectos (Art. 45-46 ET)

  • Incapacidad temporal: Duración de 12 meses prorrogables por otros 6 meses (enfermedad común o accidente laboral).
  • Maternidad/Paternidad: 16 semanas. Incluye riesgo durante el embarazo.
  • Adopción de menores de 8 años: 16 semanas.
  • Privación de libertad sin sentencia condenatoria.
  • Suspensión de empleo y sueldo por razones disciplinarias.
  • Fuerza mayor temporal.
  • Huelga y cierre legal de la empresa.
  • Víctimas de violencia de género.
  • Efectos: No se trabaja y no se percibe salario por parte de la empresa.

Tipos de excedencia

  • a) Excedencia forzosa: Por ejercicio de cargo público.
  • b) Excedencia voluntaria: Requisitos de antigüedad mínima de 1 año y duración de entre 4 meses y 5 años.
  • c) Excedencia por cuidado de hijos: Máximo de 3 años.
  • d) Excedencia por cuidados familiares: Máximo de 2 años.

III. Extinción del contrato (Art. 49-57 ET)

Causas y consecuencias

  • Terminación del tiempo estipulado en el contrato.
  • Dimisión del trabajador: Requiere preaviso de 15 días.
  • Abandono del trabajador: Sin preaviso.
  • Fallecimiento o gran invalidez:
    • Del trabajador.
    • Del empresario: Conlleva una indemnización de 1 mes de salario para el trabajador.
  • Jubilación.
  • Extinción por voluntad del trabajador basada en causas justas:
    • Modificaciones del contrato injustificadas.
    • Falta de pago o retraso continuado en las nóminas.
    • Acoso laboral.

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