Modificaciones Laborales: Movilidad, Suspensión y Extinción del Contrato
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Modificaciones Sustanciales de las Condiciones de Trabajo
La dirección de la empresa puede acordar modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción. Estas modificaciones pueden afectar a la jornada de trabajo, el horario y la distribución del tiempo, el sistema de remuneración y la cuantía salarial.
Causas
Las causas que justifican una modificación sustancial de las condiciones de trabajo son la necesidad de mejorar la competitividad, la productividad o la organización técnica del trabajo en la empresa.
Procedimiento y Opciones del Trabajador
Ante una modificación sustancial, el trabajador tiene las siguientes opciones:
- Rescindir el contrato y percibir una indemnización.
- Impugnar la decisión ante el Juzgado de lo Social.
Movilidad Funcional
Se produce cuando el empresario ordena al trabajador la realización de tareas diferentes a las que viene realizando habitualmente y para las que fue contratado.
Tipos de Movilidad Funcional
- Movilidad horizontal: Consiste en realizar tareas incluidas en el mismo grupo profesional. El empresario puede decidir las modificaciones, el trabajador debe aceptar el cambio obligatoriamente y seguirá cobrando lo mismo.
- Movilidad vertical: Puede ser descendente o ascendente. Deben existir razones técnicas u organizativas. El empresario deberá comunicar su decisión y el trabajador debe tener la titulación académica o profesional necesaria para el nuevo puesto.
Movilidad Geográfica
Implica un cambio en el lugar de trabajo del empleado.
Tipos de Movilidad Geográfica
- Desplazamiento: El trabajador debe cambiarse temporalmente a otro centro de trabajo por un periodo no superior a 12 meses en un periodo de 3 años. Se debe comunicar al trabajador con antelación suficiente.
- Traslado: El trabajador debe trabajar en otro centro que le exige cambiar de domicilio de forma definitiva. Se debe comunicar el traslado con un plazo de 30 días de antelación.
Opciones del Trabajador ante un Traslado
- Aceptar el traslado y recibir una compensación por los gastos generados.
- Rescindir el contrato y recibir una indemnización.
- Impugnar la decisión ante los tribunales.
Opciones del Trabajador ante un Desplazamiento
- Aceptar el desplazamiento y recibir una compensación por los gastos y dietas.
- Impugnar la decisión ante los tribunales.
Suspensión del Contrato de Trabajo
La suspensión del contrato es la interrupción temporal de las obligaciones del trabajador y del empresario, consistentes en trabajar y remunerar el trabajo, quedando vigente el contrato. Las causas se encuentran reguladas en el Estatuto de los Trabajadores.
Causas de Suspensión del Contrato
A continuación, se enumeran algunas de las causas más comunes:
- Incapacidad temporal.
- Maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural.
- Huelga y cierre patronal.
- Ejercicio de cargo público representativo o funciones sindicales.
- Causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (tramitación de expediente de regulación temporal de empleo, ERTE).
- Fuerza mayor (tramitación de expediente).
- Trabajadora víctima de violencia de género.
- Privación de libertad mientras no exista sentencia condenatoria.
Extinción del Contrato de Trabajo
La extinción del contrato de trabajo supone el cese definitivo de la relación laboral entre el trabajador y el empresario.
Causas de Extinción del Contrato
- Mutuo acuerdo entre las partes.
- Muerte, incapacidad permanente (total, absoluta o gran invalidez) o jubilación del trabajador.
- Por voluntad del trabajador (dimisión). En este caso, el trabajador deberá comunicarlo previamente al empresario (preaviso) en el plazo establecido en el convenio colectivo. En caso de no cumplir con el preaviso, se suele establecer la pérdida de un día de salario por cada día de falta de preaviso.