La Monarquía Hispánica: Configuración y Soberanía

Clasificado en Historia

Escrito el en español con un tamaño de 4,58 KB

1. A CONFIGURACIÓN DE LA MONARQUÍA HISPÁNICA. 1479- 1581

En el antiguo Régimen la soberanía la ejercía el rey. Isabel I de Castilla y Fernando II de Aragón Reyes Católicos, fundadores de la Monarquía Hispánica. Portugal se incorpora a la Monarquía en 1581.

2. ESPAÑA Y SUS CORONAS:

Corona: monarquía más dignidad real. Reino: territorio gobernado mediante un régimen monárquico. Corona de Castilla: integrada por varios reinos peninsulares e insulares del Atlántico. Corona de Aragón: integrada por varios reinos peninsulares e insulares del Mediterráneo. Reino de Navarra, Reino de Granda y Renio de Portugal.

3. “ESPAÑA” en el inicio de la Edad Moderna:

Designaba un espacio geográfico, una “Provincia de Occidente” que había pertenecido al Imperio romano y había sido ocupada luego por los pueblos godos (Hispania) Denominación geográfica y eclesiástica --- No se correspondía con una entidad política estaba dividida en entidades políticas diversas (En territorios o reinos independientes regidos por reyes privativos) = a los reyes de Castilla, de Aragón, de Navarra y de Portugal. Dentro de la Península ibérica cada reino tenía su propio rey, no existía identidad política que representase a España, si no reinos o coronas de España. -- Reinaban en España, pero no en toda España, sino de porciones de España políticamente se hablaba de los Reinos de España o de las Coronas de España Denominaciones políticas (“Las Españas”).

4. DINASTÍA Y SOBERANÍA PATRIMONIAL:

Soberanía: supremo poder o suprema autoridad política reconocida en un territorio (y aceptada por sus pobladores). Suprema autoridad legítima: (idea de legitimidad como conformidad legar, con arreglo a la ley y al derecho). Dinastía: familia o Casa Real que posee la soberanía de un reino como bien patrimonial. PATRIMONIO: conjunto de propiedades hereditarias. Y se transmite por Ley. La soberanía territorial (la condición de rey más el reino como territorio) se transmite por herencia entre miembros consanguíneos de una dinastía como parte integrante del patrimonio familiar o dinástico se suceden por legítimo derecho (por LEY) en su “propiedad”. En el Antiguo Régimen la soberanía la poseía el rey, eran soberanos de los territorios de España, de cada Corona de España. Es Soberanía Patrimonial porque la soberanía se transmite por herencia.

5. LEY o regla de SUCESIÓN al trono:

Ley Sucesoria: estipula el orden sucesorio = quién (que miembro de la de dinastía o familia real) tiene más y menos derecho a la sucesión. HABITUAL: Sucede el hijo mayor varón: prevalece el orden de nacimiento y prima el sexo masculino sobre el femenino (primogenitura masculina).

3 TIPOS DE LEYES SUCESORIAS EN EUROPA: en todas, hereda el pariente consanguíneo más inmediato al rey.

1. si falta varón, heredan las mujeres no excluye la sucesión femenina (rige en Castilla, pero no en los reinos de la Corona de Aragón). 2. Las mujeres no pueden heredar (reinar) pero transmiten derechos sucesorios a sus descendientes (rige en c. Aragón). 3. Exclusión total de las mujeres y de sus descendientes = Ley Sálica (Francia: pueblos godos= francos salíos).

Entradas relacionadas: