Nacionalidad y Sistema Judicial Chileno: Guía Completa
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Nacionalidad
Definición
Vínculo jurídico existente entre una persona y el Estado, que origina derechos y deberes recíprocos.
Principios de la Nacionalidad
- La nacionalidad no se impone.
- Toda persona debe tener una nacionalidad.
- La Constitución limita la doble nacionalidad.
Sistema de Determinación de la Nacionalidad
1. Sistema de Origen o Natural
Utiliza dos criterios:
- Jus Sanguinis: Es nacional de un Estado el individuo cuyos padres son nacionales de ese Estado, aunque haya nacido en el extranjero.
- Jus Solis: Es nacional de un Estado todo individuo que haya nacido dentro del territorio, aunque los padres sean extranjeros.
Ejemplos de Jus Solis en Chile:
- En buques o aeronaves de guerra chilenos, cualquiera sea el lugar donde estos se encuentren.
- A bordo de naves mercantes chilenas, que se encuentren en aguas de la República o en alta mar.
- En buques mercantes extranjeros que se encuentren en aguas territoriales chilenas.
- En aeronaves comerciales chilenas o extranjeras, que naveguen sobre el espacio atmosférico del territorio chileno o sus aguas territoriales.
2. Sistema Mixto
Es el que adopta los dos criterios: Jus Sanguinis y Jus Solis, haciendo prevalecer uno u otro de acuerdo a lo contemplado en la ley.
3. Sistema de Elección, Adquirido o Derivado
- Los extranjeros que obtuviesen carta de nacionalización en conformidad a la ley, renunciando expresamente a su nacionalidad anterior.
- Los que obtengan la nacionalidad por gracia, otorgada por el Estado como reconocimiento.
- Los hijos de extranjeros nacidos en Chile cuando sus padres estaban al servicio de su gobierno o estaban de turistas o haciendo escala en Chile, optando a la nacionalidad chilena cuando cumplan los 21 años.
Pérdida de la Nacionalidad
Se pierde la nacionalidad por:
- Nacionalizarse voluntariamente en un país extranjero.
- Prestar servicios durante una guerra a un enemigo de Chile o sus aliados.
- Cancelación de la carta de nacionalización.
- Una ley que revoque la nacionalización concedida por gracia.
Sistema Judicial Chileno
Sistema Procesal Penal
Antecedentes
- Se diseñó en el año 2000 y se implementó una gran reforma al funcionamiento y estructura de la justicia criminal.
- El sistema procesal penal sustituye al antiguo sistema vigente desde 1906.
- Con este nuevo sistema acusatorio, el juez en una audiencia pública y oral, escucha a un fiscal investigador y acusador y al defensor del acusado antes del fallo.
- Esta reforma tiene por finalidad administrar la justicia en forma más rápida, efectiva y transparente.
- Acusados y víctimas de delitos cuentan con derechos explícitos y las causas no se acumulan por la propia naturaleza de su conducción.
- Se creó un nuevo Código Penal que modificó sustancialmente el rol de los jueces con el fin de proteger su imparcialidad. En el antiguo sistema el juez era parte de la causa: investigaba, acusaba y sentenciaba.
- Ahora la función de investigar y acusar recae en una entidad autónoma, denominada Ministerio Público.
- Son los fiscales de este organismo, con ayuda de la policía, los encargados de llevar a cabo la investigación y acusación del delito ante el juez. El juez ahora solo deberá conocer la causa, escuchar las partes y dictar sentencia.
- Ahora se garantiza a todo imputado el derecho de una defensa profesional encargada por la Defensoría Penal Pública.
- La Defensoría provee abogados profesionales titulados para la defensa de los imputados que no pueden costear uno.
- Toda persona, ahora es considerada inocente hasta que se pruebe lo contrario. Este nuevo Código Penal ha permitido corregir la mala práctica de "ser culpable hasta comprobar su inocencia".
- Durante todo el proceso, quien vela por los derechos de las personas vinculadas al caso y evalúa la legalidad del proceder de fiscales y defensores es el Juez de Garantía.
- En la actualidad todavía coexisten ambos sistemas de justicia penal, debido a que el nuevo Código Procesal Penal no es retroactivo, o sea, solo se aplica a los casos ocurridos una vez que la reforma entró en vigencia. Así, un delito cometido el 1 de junio de 2005 compete al antiguo sistema.
Pasos a Seguir ante un Delito
1) Denuncia
- Carabineros
- Gendarmería
- Investigaciones
- Fiscales del Ministerio Público
- Juez de Garantía
2) Asignación Fiscal
Una vez que el fiscal escuche y tenga en sus manos los antecedentes de la denuncia, puede realizar lo siguiente:
- Desechar la denuncia por considerar que no constituye delito.
- Archivar el proceso por falta de antecedentes.
- Ejercer el principio de oportunidad, es decir, no iniciar una investigación por considerar que los hechos denunciados corresponden a delitos con penas inferiores a 540 días de cárcel.
3) Investigación
- Procedimiento Ordinario: Se aplica a crímenes y simples delitos.
- Procedimiento Simplificado: Se aplica a faltas o simples delitos, pidiendo penas máximas de 541 días de presidio.
- Salidas Alternativas: Suspensión condicional, acuerdo reparatorio, sobreseimiento temporal o definitivo.
4) Acusación
- Procedimiento Abreviado: Siempre y cuando se solicite una pena inferior a los 5 años de cárcel y sea aceptado voluntariamente por el imputado.
- Juicio Oral: En audiencia pública el fiscal formula la acusación, el defensor representa al acusado y se presentan las pruebas a los tres jueces que integran el Tribunal de Juicio Oral.
Responsabilidad Civil y Penal
Responsabilidad Penal
Se trata de un ilícito contemplado como delito por la ley. Su obligación es de carácter punitivo y conlleva penas de cárcel para sancionar los delitos que atentan contra la vida o los que atentan contra la propiedad. Para contraer esta responsabilidad se debe contar con 18 años, aunque los adolescentes entre 14 y 16 años poseen responsabilidad cuyas máximas sanciones son menores a la de los adultos. Es de competencia de los Tribunales de Garantías del sistema procesal penal.
Responsabilidad Civil
Es cuando el ilícito ha causado más bien un daño que no es considerado un delito penal sino civil, ya que su obligación está relacionada con la reparación del daño. La reparación debe ser proporcional al daño causado. De acuerdo con el derecho civil, abarca las normas sobre el nacimiento, la existencia, la muerte de las personas y obligaciones que contraen los particulares, contratos y herencias, entre otros. Esta responsabilidad corresponde a los menores entre 7 y 16 años que obran con discernimiento. Es de competencia de los Tribunales de Letras y del sistema civil.
La Ley de Responsabilidad Adolescente en Cifras
- El 1% del total de la población juvenil de Chile se ha visto involucrada en delitos.
- 9.4% del total de los aprehendidos por Carabineros en los últimos años tenían entre 14 y 17 años.
- 17 centros cerrados e igual número de semi-cerrados recibirán menos infractores.
- 100 millones de dólares ha invertido el Estado para implementar la nueva ley.
- 50 defensores penales públicos representarán a los jóvenes en los juicios.
- 83 centros para tratamientos en drogas y alcohol para adolescentes se adjudicó CONACE.
Mecanismos de Acceso a la Justicia
1) Corporaciones de Asistencia Judicial (CAJ)
Constituyen el soporte principal del sistema de asistencia jurídica gratuita. Presta sus servicios a consultorios jurídicos fijos y móviles en distintas materias: civil, familia, laboral, penal, sistema antiguo, atención integral a víctimas de delitos violentos.
2) Abogados de Turno
Defienden las causas civiles que incluyen pleitos relacionados con materias económicas, laborales y familiares.
3) Defensoría Penal Pública
Organismo dependiente del Ministerio de Justicia encargado de proporcionar defensa penal a los imputados acusados por un crimen, simple delito o falta que carezcan de abogados.
Representación Política
Democracia Representativa
En una democracia directa rige un sistema de autogobierno en que todos los ciudadanos participan en la toma de decisiones públicas. En cambio, en la democracia representativa los ciudadanos eligen a quienes deben dirigir los asuntos públicos y tomar decisiones a nombre de sus representados.
Ventajas de la Democracia Representativa
- Los ciudadanos prefieren ocuparse de sus propios asuntos privados como su familia y su trabajo.
- La libertad de cada ciudadano se vería afectada si existiera la obligación de participar en la administración de los asuntos públicos, ya que no tendría la opción de elegir.
- Toda la sociedad requiere de instituciones e individuos que se ocupen específicamente de los asuntos públicos, o sea, de aquellos temas que afectan a todos los ciudadanos.
- La presencia de personas especialmente dedicadas a asuntos públicos haría un trabajo más eficiente de los diferentes problemas que afectan a toda la sociedad.
Sistema Electoral Chileno
La calidad de ciudadano implica tener derechos electorales: voto y postular a cargos públicos. Estos derechos son válidos para todos los chilenos mayores de 18 años o extranjeros con residencia definitiva en Chile. El acto electoral tiene las siguientes características: se ejerce de manera libre, es un acto secreto, es un acto informado. Desde el 23 de enero del 2012 el voto tiene carácter voluntario.
No Pueden Votar en Elecciones:
- Personas que hayan sido declaradas interdictas por padecer demencia.
- Personas que hayan sido condenadas por delito al que corresponda pena aflictiva.
- Personas que hayan sido condenadas por delitos de conducta terrorista.
- Personas que hayan perdido la nacionalidad chilena.
- Personas sancionadas por promover formas de organización que no respeten el régimen democrático.