Navegación y Soberanía en Estrechos Internacionales: Regulación Marítima

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El Régimen Jurídico de los Estrechos Internacionales

Para definir un estrecho, es fundamental considerar tres elementos clave:

  1. Elemento geográfico: Se refiere a un paso natural en el medio marino que separa dos espacios terrestres.
  2. Elemento funcional: Constituye una vía de comunicación esencial para la navegación internacional.
  3. Elemento jurídico: Las aguas de dicho estrecho forman parte del mar territorial de uno o más Estados.

Con la III Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (UNCLOS III), se buscó modificar el régimen del paso por los estrechos internacionales. Anteriormente, el paso inocente era permitido, pero sin posibilidad de suspensión. Esta situación no satisfacía a las grandes potencias por las siguientes razones:

  • Los submarinos tenían la obligación de navegar en superficie y enarbolando su pabellón.
  • Las aeronaves militares debían solicitar autorización al Estado ribereño cuyo espacio aéreo iban a atravesar.

Reglas de Navegación para Estrechos Marítimos

Existen reglas de navegación específicas para cada tipo de estrecho:

1. Estrechos Principales

Estos son los más importantes desde el punto de vista estratégico y comercial. Incluyen aquellos que unen Alta Mar con una Zona Económica Exclusiva (ZEE), Alta Mar con Alta Mar, y ZEE con ZEE. La Conferencia de 1982 estableció el paso en tránsito, que implica la libertad de navegación y sobrevuelo con el fin de un tránsito rápido e ininterrumpido. Bajo este régimen:

  • Los submarinos pueden atravesar sumergidos.
  • Las aeronaves pueden sobrevolar sin autorización ni necesidad de identificarse.
  • Las embarcaciones y aeronaves deben abstenerse de todo uso o amenaza de la fuerza contra los Estados ribereños con estrechos.
  • Deben cumplir las normas internacionales sobre seguridad de la navegación marítima y aérea.

2. Estrechos Secundarios

El Convenio de 1982 establece para estos el paso inocente sin posibilidad de suspensión. Este régimen se aplica a aquellos estrechos formados por una isla bajo soberanía de un Estado y el territorio continental del mismo Estado, cuando por el otro lado de la isla exista una ruta de Alta Mar o que atraviese una ZEE apta para la navegación.

  • Un ejemplo del primer caso es el estrecho de Mesina o Corfú.
  • Un ejemplo del segundo caso es el estrecho de Tirana.

Objetivamente, el nuevo régimen de paso es más perjudicial para los intereses de los Estados con estrechos, sobre todo en materia de seguridad, porque permite el paso de buques y aeronaves militares extranjeros de incógnito y sin identificarse.

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