Estado de Necesidad en Derecho Penal: Concepto, Requisitos y Clases
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Concepto de Estado de Necesidad
El estado de necesidad es una causa de justificación que permite la excepcional exención de responsabilidad criminal de quien realiza la conducta (típica) necesaria para evitar la producción de un mal inminente y grave, que se cierne sobre bienes propios o ajenos, siempre que el mal no proceda de una agresión ilegítima de otro, ni con la reacción ante el mismo se ocasione un mal superior al evitado.
Requisitos Objetivos del Estado de Necesidad
La idea que preside el estado de necesidad es la del “último recurso posible” al tiempo y en las circunstancias en que se actúa.
El Presupuesto Fáctico
El presupuesto de hecho de la eximente es la existencia de un peligro actual o inminente y grave que se cierne sobre un bien jurídico propio o ajeno.
El mal no debe ser “ilícito”. El mal amenazante puede provenir de una fuente de riesgo de origen natural o animal o, incluso, de una acción humana lícita.
El estado de necesidad explica que, solo en el segundo caso, quien provoca el mal tenga que satisfacer la responsabilidad civil por el daño generado con su conducta.
La Reacción Defensiva: Proporcionalidad
Que el mal causado no sea mayor que el que se trate de evitar
La reacción ante el mal debe ser proporcionada, es decir, debe limitarse a provocar un daño igual.
En la ponderación de males debe tenerse en cuenta el límite de la dignidad humana.
La producción de un mal superior al evitado no puede beneficiarse de la eximente. Como máximo permitiría la eximente incompleta (o la atenuante analógica). Pero en casos de desproporción extrema entre el mal causado y el evitado, ni tan solo eso.
El incumplimiento del requisito de proporcionalidad no impide apreciar la eximente incompleta. Se trata de un requisito relativo.
La Falta de Provocación Intencionada
La Ausencia de Obligación de Sacrificio
Clases de Estado de Necesidad
Tradicionalmente se ha distinguido entre el estado de necesidad justificante (en el que el mal causado es menor que el evitado) del exculpante (en el que el mal causado tiene igual valor que el evitado).