Todo lo que necesitas saber sobre el IVA en España: Tipos, Funcionamiento y Exenciones
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1. Introducción
El IVA es el principal impuesto del estado. Es un impuesto general que grava el consumo y servicio.
1.1 Naturaleza y ámbito de aplicación del impuesto
El IVA es un impuesto indirecto que recae sobre el consumo y grava las siguientes operaciones:
- Las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuados por empresarios o profesionales en el desarrollo de su actividad.
- Las adquisiciones intracomunitarias de bienes.
- Las importaciones de bienes.
El ámbito de aplicación espacial es el territorio peninsular español y las Islas Baleares. De este ámbito de aplicación quedan excluidas las Islas Canarias y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. En las Islas Canarias se aplica el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) y en Ceuta y Melilla el Impuesto sobre Producción, los Servicios y la Importación (IPSI).
1.2 Funcionamiento general del impuesto
- Paga el IVA: En las adquisiciones de todos los bienes y servicios que realice para posteriormente venderlos, soporta el IVA.
- Recupera el IVA: En las ventas de sus productos o en la prestación de sus servicios, repercute el IVA a sus clientes.
Los empresarios tienen la obligación de liquidar el IVA periódicamente. Si el IVA que repercute es mayor que el soportado, deberá ingresar la diferencia en la Hacienda Pública. Si el soportado es mayor que el repercutido, se puede solicitar la devolución o compensar el saldo negativo en las siguientes liquidaciones.
2. Tipos de operaciones en el IVA
2.1 Hecho imponible: operaciones sujetas al impuesto
- Las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas en el ámbito espacial.
- Las adquisiciones intracomunitarias de bienes efectuadas por empresarios, profesionales o personas jurídicas.
- Las importaciones de bienes, cualquiera que sea el fin al que se destinen y la condición del importador.
2.2 Operaciones no sujetas al impuesto
- Entregas gratuitas de muestras de mercancías sin valor comercial.
- Las prestaciones de servicios a título gratuito.
- Las entregas sin contraprestación de impresos u objetos de carácter publicitario.
- Los servicios prestados por personas físicas en régimen de dependencia derivado de relaciones administrativas o laborales.
- Las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas directamente por las Administraciones Públicas sin contraprestación o mediante contraprestación de naturaleza tributaria.
2.3 Operaciones exentas del impuesto
Exenciones limitadas:
- Exenciones en operaciones médicas y sanitarias.
- Exenciones relativas a actividades educativas.
- Exenciones sociales, culturales y deportivas.
- Exenciones en operaciones de seguro y financieras.
- Exenciones inmobiliarias.
Exenciones plenas:
- Las exportaciones de bienes.
- Las entregas intracomunitarias de bienes.
- Las entregas de bienes a las Islas Canarias, Ceuta y Melilla.
4.3 Tipos impositivos de IVA
- Tipo impositivo general: es el 21% y se aplicará a todos los productos y servicios a los que no sean de aplicación el tipo reducido o superreducido.
- Tipo impositivo reducido: es el 10% y se aplicará a los siguientes servicios:
- Los productos para la nutrición humana o animal, excepto alcohol y refrescos.
- Productos utilizados para actividades agrícolas (fertilizantes, semillas…).
- Las aguas aptas para la alimentación humana o animal.
- Los medicamentos de uso veterinario.
- Los edificios para viviendas y garajes.
- Las flores y plantas de carácter ornamental.
- Los transportes de viajeros y equipajes.
- Los servicios de hostelería, excepto espectáculos, discotecas, salas de fiesta, etc.
- Servicios de limpieza de vías públicas.
- Entrada a bibliotecas, archivos, galerías de arte y pinacotecas.
- Las exposiciones y ferias de carácter comercial.
- Tipo impositivo superreducido: es el 4% y se aplica a los siguientes servicios:
- Alimentos básicos (pan, cereales, leche, quesos, huevo, verduras, frutas, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales).
- Los libros, periódicos y revistas.
- Los medicamentos de uso humano.
- Vehículos para personas con discapacidad.
- Las prótesis e implantes para personas con discapacidad.
- Las viviendas de protección oficial.
Capitalización Simple
Calcular capital final o montante: Cn = Co (1 + i * n)
Capitalización fraccionada simple: i = ik * k donde ik = i/k
- Semestre (2k)
- Trimestre (4k)
Descuento comercial: Dc = N x I x n / 360
Capitalización compuesta: Cn = Co x (1 + i)n
Tipo de interés anual nominal:
Jk = ik x k
Ik = jk / k