Normas esenciales para rampas, escaleras y seguridad en centros de trabajo

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Rampas y escaleras

Rampas: Pendiente máxima de 12% para longitudes inferiores a 3 m, 10% para longitudes de entre 3 y 10 m, y 8% para más de 10 m.

Escaleras:

  • Anchura mínima: 1 m.
  • Los peldaños serán todos de las mismas dimensiones.
  • Huella: entre 23 y 36 cm.
  • Contrahuella: entre 12 y 20 cm.
  • Descansos: a una altura de 3.7 m.
  • Anchura mínima de descansos: 40 cm.
  • Distancia máxima entre peldaños: 30 cm.
  • Distancia mínima entre escalera y pared: 16 cm.

Vías de salida y evacuación

Vías de salida y evacuación: Se deberá ajustar el número, la distribución y las dimensiones de las vías y salidas de evacuación en función del uso, los equipos, las dimensiones de los lugares de trabajo y el número máximo de personas que puedan concurrir.

Las puertas de emergencia deberán abrirse hacia el exterior y serán fácilmente operables desde el interior. Asimismo, no podrán estar obstruidas por ningún objeto, para que puedan ser utilizadas en cualquier momento sin dificultad.

Protección contra incendios

Protección contra incendios: Los lugares de trabajo deberán estar bien equipados con dispositivos adecuados para la lucha contra incendios, sistemas de alarma y detectores de humo.

Aquellos dispositivos de lucha contra incendios que deban ser accionados por personas deberán estar señalizados.

Condiciones ambientales

Temperatura: La temperatura de los locales de trabajo vendrá determinada por el tipo de trabajo: en trabajos sedentarios entre 17 ºC y 27 ºC y en trabajos ligeros entre 14 ºC y 25 ºC.

Humedad relativa: Está comprendida entre el 30% y el 50%, y para locales sin riesgo eléctrico puede llegar hasta el 70%.

Corrientes de aire: Se debe evitar la exposición de los trabajadores a corrientes de aire con velocidades superiores a 0.25 m/s en ambientes no calurosos, 0.5 m/s en trabajos sedentarios en ambientes calurosos y 0.75 m/s en trabajos no sedentarios en ambientes calurosos.

Renovación de aire: La renovación mínima del aire debe ser de 30 m³ por hora y por persona en trabajos sedentarios en ambientes no calurosos y 50 m³ por hora y por persona en el resto de trabajos.

Iluminación

Iluminación: La iluminación deberá adaptarse a las características de la actividad que se realice en cada zona de trabajo.

En la medida de lo posible, los lugares de trabajo tendrán iluminación natural complementada con iluminación artificial. Los niveles de luz se distribuirán uniformemente; se evitarán variaciones bruscas de luz y deslumbramientos directos.

No se utilizarán sistemas de iluminación que perjudiquen la visualización de las tareas y, en ningún caso, los sistemas de luz deben dar origen a riesgos eléctricos.

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