Normativa de Bienestar Térmico e Higiene en la Edificación
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Exigencia de bienestar e higiene
Procedimiento de verificación
- Cumplimiento de la exigencia de calidad térmica del ambiente del apartado 1.1.4.1.
- Cumplimiento de la exigencia de calidad de aire interior del apartado 1.1.4.2.
- Cumplimiento de la exigencia de calidad acústica del apartado 1.1.4.4.
- Cumplimiento de la exigencia de higiene del apartado 1.1.4.3.
Documentación justificativa
El proyecto o memoria técnica contendrá la información necesaria para el cumplimiento de bienestar térmico e higiene.
Temperatura operativa y humedad relativa
Se fijarán en base a la actividad metabólica de las personas, su grado de vestimenta y el porcentaje de insatisfechos (PPD).
- Para personas con actividad metabólica sedentaria de 1,2 met, con grado de vestimenta de 0,5 clo en verano y 1 clo en invierno, y un PPD entre el 10 % y el 15 %:
- Verano: 23-25 °C y 45-60 %.
- Invierno: 21-23 °C y 40-50 %.
Al cambiar las condiciones exteriores, se podrá admitir una humedad relativa del 35 % en condiciones extremas de invierno durante periodos cortos.
La temperatura seca del aire de los locales que alberguen piscinas climatizadas se mantendrá entre 1-2 °C por encima de la del agua del vaso, con un máximo de 30 °C, y su humedad relativa se mantendrá por debajo del 65 % para evitar condensaciones.
Exigencia de calidad del aire interior
En los edificios de viviendas, locales habitables, almacenes de residuos, trasteros, aparcamientos y garajes, así como en los edificios de cualquier otro uso, los aparcamientos y los garajes se consideran válidos los requisitos de calidad de aire interior establecidos en el HS3.
El resto de edificios dispondrá de un sistema de ventilación para el aporte suficiente de caudal de aire exterior que evite la formación de elevadas concentraciones contaminantes (siempre que haya actividad humana).
Método indirecto: Caudal de aire exterior por persona
- IDA 1: 20 dm³/s por persona
- IDA 2: 12,5 dm³/s por persona
- IDA 3: 8 dm³/s por persona
- IDA 4: 5 dm³/s por persona
Para locales donde se fume, el caudal será el doble como mínimo.
Método directo: Calidad del aire percibido
- IDA 1: 0,8 dp
- IDA 2: 1,2 dp
- IDA 3: 2,0 dp
- IDA 4: 3,0 dp
Método directo por concentración de CO2
- IDA 1: 350 ppm
- IDA 2: 500 ppm
- IDA 3: 800 ppm
- IDA 4: 1200 ppm