Normativa Clave SRT para la Seguridad en la Construcción
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Compilación de resoluciones de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) que establecen los lineamientos para la seguridad e higiene en obras de construcción.
Resolución SRT N° 051/97
Anexo I: Mecanismos de Verificación
- Las Aseguradoras establecerán un plan de visitas para verificar el cumplimiento de los Programas de Seguridad e Higiene (PSH). Este plan será establecido antes del inicio de la obra.
- Cuando realicen las visitas de verificación, las aseguradoras dejarán constancia de la actividad realizada, las observaciones y las mejoras indicadas.
- Cuando las aseguradoras detecten incumplimientos al PSH, solicitarán que se efectúen las correcciones pertinentes de inmediato o en un plazo máximo de QUINCE (15) días. En caso de que un empleador no cumpla con la solicitud de la aseguradora, esta procederá a comunicarlo a la S.R.T.
Resolución SRT N° 035/98
- El empleador de la construcción que actúe en carácter de contratista principal o el comitente coordinará un Programa de Seguridad Único para toda la obra.
- El PSH se confeccionará de acuerdo a lo estipulado en la Res. SRT N° 051/97.
Resolución SRT N° 319/99
- Se establece mediante contrato el Contratista principal (entre Comitente y Contratista).
- Define tareas repetitivas y de corta duración – Duración máxima 7 (siete) días.
Anexo I: Listado de Acciones Primarias de Coordinación de Higiene y Seguridad
- Exigir el cumplimiento de la normativa vigente.
- Coordinar la coherencia y adecuación de los Programas de Seguridad de los distintos contratistas.
- Auditar y exigir a los contratistas el cumplimiento de lo establecido en los Programas de Seguridad.
- Coordinar las acciones de prevención en caso de trabajo simultáneo de varios contratistas.
- Adjuntar al Legajo Técnico las copias de las Constancias de Visitas de las ART de los contratistas y adoptar las acciones correctivas.
- Verificación del cumplimiento de implementación de los Servicios de Medicina y de Higiene y Seguridad del Trabajo de los contratistas y de todas las obligaciones de ambos servicios.
Resolución SRT N° 319/99
Anexo II: Listado de Contenidos Mínimos de los Programas de Seguridad para Obras Repetitivas y de Corta Duración
Los contenidos mínimos serán los siguientes:
- Identificación como "de obra repetitiva y de corta duración", datos de la empresa y descripción de las tareas.
- Procedimientos de trabajo, riesgos potenciales, organización de la seguridad e indicación concreta de los sitios que se destinen al uso de talleres fijos y/o campamentos.
- Descripción de las tareas a las diferentes cuadrillas, el momento de inicio y finalización prevista.
- Contendrá la firma del responsable técnico, del servicio de higiene y seguridad de la empresa.
- Indicará una forma efectiva de comunicación para que la ART pueda obtener información sobre los lugares de trabajo y sus fechas de inicio y duración.
- El aviso de obra se hará conforme al aviso de varias obras simultáneas.
Resolución SRT N° 552/02
- Los empleadores deberán entregar a su Aseguradora de Riesgos del Trabajo en un plazo de CINCO (5) días hábiles antes de la iniciación de la obra, el "Aviso de Obra" en los términos del formulario que como ANEXO I integra la presente Resolución.
- Recibido el "Aviso de Obra", las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo deberán comunicarlo a esta S.R.T. sobre todas las obras de construcción que reúnan alguno de los siguientes requisitos:
- a) comprendan la realización de una excavación.
- b) comprendan la realización de una demolición.
- c) prevean el uso de medios de izaje, montacargas o montapersonas.
- d) requieran el uso de silletas o andamios colgantes.
- e) superen los UN MIL (1000) metros cuadrados y los CUATRO (4) metros de altura.
- g) realicen tareas sobre o en proximidades de líneas o equipos energizados con Media o Alta Tensión.
- El plazo para la comunicación será de 48 horas de haber tomado conocimiento, cuando sea una excavación y una demolición, mientras que para el resto deberá ser comunicado dentro de los DIEZ (10) días hábiles de haber tomado conocimiento.