Normativa y Gestión de la Sociedad de Gananciales: Disposición, Administración y Liquidación

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Disposición sobre los bienes gananciales

A) Disposición de bienes gananciales por título gratuito entre vivos

Los actos de disposición realizados a título gratuito, si no concurre el consentimiento de ambos cónyuges, son nulos. Cada uno de los cónyuges podrá realizar con los bienes gananciales liberalidades de uso.

B) Disposición mortis causa de los bienes gananciales

Cada uno de los cónyuges podrá disponer por testamento de la mitad de los bienes gananciales. La disposición testamentaria de un bien ganancial producirá todos los efectos si fuera adjudicado a la herencia del testador. En caso contrario, se entenderá legado el valor que tuviera al tiempo del fallecimiento.

C) Disposición de los bienes gananciales a título oneroso

El principio que rige en este régimen es que la realización de actos de disposición a título oneroso sobre bienes gananciales requiere el consentimiento de ambos cónyuges. El acto que no haya contado con dicho consentimiento será anulable, si bien puede ser confirmado posteriormente, de forma expresa o tácita. Si uno negare dicho consentimiento, el Juez podrá autorizar uno o varios actos dispositivos siempre que lo considere de interés para la familia, pudiendo acordar las limitaciones que estime convenientes.

Actos de administración o de disposición anómalos o irregulares

  • A) Si como consecuencia de un acto de administración o de disposición llevado a cabo por uno solo de los cónyuges, hubiere este obtenido un beneficio exclusivo para él u ocasionado dolosamente un daño a la sociedad, será deudor a la misma por su importe, aunque el otro no impugne cuando proceda.
  • B) Cuando el cónyuge hubiere realizado un acto en fraude de los derechos de su consorte, será, en todo caso, de aplicación lo dispuesto en el artículo anterior y, si el adquirente hubiera procedido de mala fe, el acto será rescindible.

Deber de información en la sociedad de gananciales

Los cónyuges deben informarse recíproca y periódicamente sobre la situación y rendimiento de cualquier actividad económica suya. El incumplimiento grave y reiterado del deber de informar sobre la marcha y rendimientos de sus actividades económicas se considera causa suficiente para que el cónyuge no informado solicite la disolución del régimen económico.

Liquidación de la sociedad legal de gananciales

El proceso de liquidación se estructura en las siguientes fases:

  1. Inventario.
  2. Avalúo.
  3. Pago de deudas de la sociedad.
  4. Reintegros entre masas patrimoniales.
  5. Adjudicaciones.

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