Normativa y Gobierno Local: Funciones y Competencias

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Recur. Econ, Hac, Princip: ingresos de su patrimonio, tributos locales (tasas, impuestos), subvenciones y otras admisiones públicas, ingreso por multas y sanciones.

Libros Obl/Contables:

  • Inventario y cuentas anuales
  • Diario
  • Actos
  • Registro de acciones nominativas
  • Registro de socios y registro de contratos

S.A/S.A.L:

  • Capital dividido en acciones, capital no inferior a 60 mil, denominado S.A.
  • Las acciones se representan en títulos
  • Capital dividido en participantes, capital no inferior a 3 mil, denominado S.L.
  • Los participantes no se representan en título.

Soc. Mercantil Jurídica: cuando cumplen los requisitos de la ley y se inscribe en la escritura pública y después en el registro mercantil.

Normativa Local:

  • Ordenanzas: regulan el sector de la actividad económica o normas de convivencia en el municipio.
  • Reglamentos: regulan el funcionamiento del ayuntamiento o la diputación provincial.
  • Bandos: disposición de la alcaldía sobre cuestiones irrelevantes.

Gobierno Provincial: son los diputados provinciales, se eligen entre los concejales de cada partido elegidos en los municipios mediante la ley de d'Hont.

Junta Gobierno Local Comp, Comp: está compuesto por el alcalde y los concejales nombrados por esta, un número no superior a un tercio de los totales y sus competencias son:

  • Asistir al alcalde en sus atribuciones
  • Las funciones que el Alcalde u otro órgano municipal le delegue o le atribuyan las leyes

Func. Pleno. Muni: controlar y fiscalizar los órganos municipales del gobierno además de la votación sobre la moción de censura del alcalde.

Normativa:

  • Aprobar ordenanzas y reglamentos municipales
  • Económicas: aprobar y modificar los presupuestos y determinar los tributos
  • Otras: modificar términos, aprobar planes urbanísticos y lo relacionado con los trabajos municipales.

Dif. T/Imp: T/prestaciones servicios públicos que afectan o benefician al ciudadano (limpieza de calles). I/consiste en la realización de negocios que manifiestan la capacidad económica del ciudadano (IBI).

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