Normativa Interna y Régimen Disciplinario: Derechos y Deberes de los Internos
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Normativa Interna y Régimen Disciplinario
1. Conductas Prohibidas
- Tener armas y elementos punzocortantes que puedan ser usados como tales, con excepción de los autorizados por razones específicas de trabajo.
- Efectuar reclamaciones colectivas, salvo que sean por escrito.
- Realizar todo tipo de apuestas.
- Mantener comunicaciones en términos que resulten ininteligibles para el personal.
- En general, todo acto que sea prohibido por esta ley, reglamentos y disposiciones.
2. Clasificación de Faltas
Las faltas que cometen los internos se clasifican en leves, medias y graves. Serán objeto de sanción por parte de la autoridad máxima del establecimiento, sin perjuicio de la evaluación posterior de dicha conducta, a los efectos de su ubicación en el régimen que corresponda.
3. Sanciones a Aplicar
- Faltas leves: Amonestación, apercibimiento o retiro de concesión.
- Faltas medias: Privación o restricción de actividades recreativas y deportivas, hasta 10 días; exclusión de actividades comunes hasta 10 días; o suspensión total o parcial de derechos reglamentarios hasta 10 días.
- Faltas graves: Separación del área de convivencia por un período no mayor de 10 días o 5 fines de semana sucesivos o alternados. El máximo de la pena de separación del área se elevará a 15 días o 7 fines de semana en los hechos independientes.
4. Obligaciones del Interno
- Atender y cumplir las indicaciones que reciban de los funcionarios correspondientes sobre su desenvolvimiento en el establecimiento.
- Tratar con corrección a las autoridades y a sus compañeros.
- Mantener una correcta presentación, cuidando su aseo personal y el de su hábitat.
- Abstenerse de toda perturbación del orden y de la disciplina.
5. Límites a las Sanciones
Está estrictamente prohibida la medida de separación a mujeres embarazadas, a las madres que conviven con sus hijos y a toda persona que se hallare enferma o que el médico no autorice la separación. Previo a disponer la ejecución de la sanción, el interno deberá disponer de una revisión médica y comunicarse al juez interviniente, quien notificará al abogado defensor. Al sancionado se le facilitará material de lectura y será visitado diariamente por personal superior.