Normativa y Requisitos Técnicos para la Producción de Energía Eléctrica y Autoconsumo
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Definición y Marco Legal del Productor de Energía
¿Qué es un productor?
Son aquellas personas físicas o jurídicas que tienen la función de generar energía eléctrica, ya sea para su consumo propio o para terceros.
¿Está el autoconsumo sujeto a impuestos?
El autoconsumo no está sujeto al régimen de impuestos especiales, así como el autoconsumo en instalaciones de producción, transporte o distribución.
¿Todos los productores tienen acceso a la red?
Según lo establecido en la Ley 54/1997, se indica que todos deben tener acceso a la red de distribución.
¿En qué casos se puede restringir ese acceso?
Solo se puede restringir por la falta de capacidad, y el acceso tendrá carácter reglado.
Contratos y Venta de Energía
A pesar de no verter energía, ¿es necesario un contrato con la compañía distribuidora?
Sí. La empresa distribuidora tendrá la obligación de suscribir este contrato, incluso aunque no se llegara a verter energía neta a la red de distribución.
¿Es posible realizar solo una venta parcial de la energía producida?
Sí, porque el RD 661/2007 lo establece en sus artículos 17 y 24.
El Registro Administrativo (RIPRE)
¿Qué es el RIPRE?
Es el Registro Administrativo de Producción en Régimen Especial.
¿Es necesario inscribirse en el RIPRE?
- Autoconsumo parcial: Como instalación productora en régimen especial, su inscripción sería necesaria.
- Autoconsumo total: En la práctica no se inscriben en el RIPRE, pero debería analizarse si tendrían obligación de inscribirse o no.
Tipos de Instalaciones y Requisitos Técnicos
Según la ICT-BT-40, ¿qué tipos de instalaciones se definen?
- Instalaciones generadoras aisladas.
- Instalaciones generadoras asistidas.
- Instalaciones generadoras interconectadas.
¿En qué categoría se encuadra una instalación de autoconsumo?
Se encuadra en la de instalaciones generadoras interconectadas, conectada a la red interior.
¿Tiene la empresa distribuidora que tener acceso a la conexión interior?
Sí. Se instalará un interruptor automático sobre el que actuarán un conjunto de protecciones para garantizar que las faltas internas de la instalación no perturben el correcto funcionamiento de las redes a las que estén conectadas.
¿Una instalación de autoconsumo total necesita contador de salida? ¿Y una parcial?
- Una instalación de autoconsumo total está exenta de disponer de contador.
- Las instalaciones de autoconsumo parcial sí precisarían de contador, puesto que parte de la energía se vierte a la red.