Normativa de seguridad en trabajos en altura, soldadura y corte

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Normativa de seguridad en trabajos en altura

3) Sistemas neumáticos, hidráulicos, eléctricos y de combustión;

4) Señales de alerta y control;

5) Estado físico que guarda la estructura en general, y

6) Cualquier otro elemento especificado por el fabricante

Trabajos en altura. (NOM-009-STPS-2011)

OBLIGACIONES DEL PATRÓN

Contar con un análisis de las condiciones prevalecientes en las áreas en las que se llevarán a cabo los trabajos en altura, en forma previa a su realización, a fin de identificar los factores de riesgo existentes.

Disponer de los instructivos, manuales o procedimientos para la instalación, operación y mantenimiento de los sistemas o equipos utilizados en los trabajos en altura.

Proporcionar autorización por escrito a los trabajadores que realicen trabajos en altura.

Cumplir con las medidas generales de seguridad y condiciones de seguridad, para la ejecución de trabajos en altura con el uso de sistemas personales para trabajos en altura.

Supervisar que se cumpla con las medidas de seguridad dispuestas en los instructivos, manuales o procedimientos para la instalación, operación y mantenimiento de los sistemas o equipos utilizados en los trabajos en altura.

Evitar o interrumpir las actividades en altura cuando se detecten condiciones inseguras en los sistemas o equipos utilizados para estos trabajos, o cuando existan condiciones climáticas que pongan en riesgo a los trabajadores.

OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR

Participar en la capacitación que proporcione el patrón para el desarrollo seguro de los trabajos en altura y para la aplicación del plan de atención a emergencias.

Informar al patrón o contratista sobre cualquier condición insegura y/o acto inseguro que se observe en los trabajos en altura, o cualquier desgaste, daño, deterioro, mal funcionamiento u otra anomalía que se detecte en los sistemas, equipos o sus componentes.

Utilizar el equipo de protección personal que les sea proporcionado, con base en los riesgos a los que se encuentran expuestos.

Medidas generales de seguridad para realizar trabajos en altura

Efectuar trabajos en altura sólo con personal capacitado y autorizado por el patrón. Las autorizaciones deberán contener al menos lo siguiente:

a) El nombre del trabajador autorizado;

b) El tipo de trabajo por desarrollar y el área o lugar donde se llevará a cabo la actividad;

c) Las medidas de seguridad que se deberán aplicar conforme al trabajo en altura por realizar y los factores de riesgo identificados en el análisis de las condiciones prevalecientes del área donde se desarrollará éste.

d) La fecha y hora de inicio de las actividades, y el tiempo estimado de duración, y

e) El nombre y firma del patrón o de la persona que designe para otorgar la autorización.

Soldadura y corte (NOM-027-STPS-2008)

Establecer condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo para prevenir riesgos de trabajo durante las actividades de soldadura y corte.

Ejemplos: maquilas, centros comerciales, cervecerías.

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