Normativa Técnica para Instalaciones Sanitarias y Sistemas de Agua Caliente
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Normas Generales para la Instalación de Aparatos Sanitarios
1. Los aparatos sanitarios deberán instalarse en ambientes adecuados, dotados de amplia iluminación y condiciones óptimas para su limpieza, reparación, mantenimiento o inspección.
Sistemas de Distribución de Agua Caliente y Seguridad
2. El sistema de alimentación y distribución de agua caliente estará dotado de válvulas de interrupción como mínimo en los siguientes puntos: inmediatamente después del calentador, en el ingreso de agua fría y salida de agua caliente, y en cada servicio sanitario.
3. En los servicios sanitarios para uso público, los inodoros deberán instalarse en espacios independientes de carácter privado.
4. Los escapes de vapor o agua caliente, provenientes de los dispositivos de seguridad y control, deberán disponerse en forma indirecta al sistema de drenaje, ubicando los sitios de descarga en lugares que no causen accidentes.
Dotación y Requerimientos por Tipo de Edificación
5. El número y tipo de aparatos sanitarios que deberán ser instalados en los servicios sanitarios de una edificación será proporcional al número de usuarios.
6. Se deberá instalar una válvula de retención en la tubería de abastecimiento de agua fría. Dicha válvula no podrá ser colocada entre el equipo de producción de agua caliente y el dispositivo para controlar el exceso de presión.
7. Todo núcleo básico de vivienda unifamiliar estará dotado, por lo menos, de: un inodoro, una ducha y un lavadero.
8. Deberán instalarse dispositivos destinados a operar a una presión un 10% mayor que la requerida para el normal funcionamiento del sistema.
9. Toda casa-habitación o unidad de vivienda estará dotada, por lo menos, de un servicio sanitario que contará, cuando menos, con un inodoro, un lavatorio y una ducha. La cocina dispondrá de un lavadero.
10. Las instalaciones de agua caliente de una edificación deberán satisfacer las necesidades de consumo y seguridad contra accidentes.
11. En cada local comercial con área de hasta 60 m² se dispondrá, por lo menos, de un servicio sanitario dotado de inodoro y lavadero.
Especificaciones Técnicas de Presión y Sistemas Hidroneumáticos
12. El volumen del tanque de presión se calculará en función del caudal, de las presiones máxima y mínima y las características de funcionamiento.
13. Cuando se proyecte usar servicios sanitarios comunes a varios locales, la distancia no podrá ser mayor de 40 m en sentido horizontal.
14. El sistema hidroneumático deberá estar dotado de los dispositivos mínimos adecuados para su correcto funcionamiento: cisterna, electrobombas, tanque de presión (a presión mínima y máxima), su respectiva válvula y un compresor o un dispositivo automático cargador de aire de capacidad adecuada.