Normativa de Tráfico: Uso de Vías y Límites de Velocidad

Clasificado en Otras materias

Escrito el en español con un tamaño de 6,77 KB

Uso de la Vía

El uso correcto de las vías es fundamental para la seguridad vial. A continuación, se detallan conceptos y normativas importantes:

Paso a Nivel

Un paso a nivel es un cruce entre una vía y una línea de ferrocarril.

Vías para Uso Ciclista

Existen diversas infraestructuras destinadas a los ciclistas:

  • Vía ciclista
  • Acera-bici
  • Carril-bici
  • Pista bici
  • Senda ciclable

Clases de Vías

Las vías se clasifican principalmente en:

  • Urbanas y Travesías: Situadas dentro de poblado.
  • Interurbanas: Incluyen autopistas, autovías, vías para automóviles y carreteras convencionales.

Normas Específicas de Circulación

  • Los vehículos especiales de más de 3500 kg deben circular por la calzada y no por el arcén, salvo en casos de emergencia.
  • Los carriles especiales en función de la velocidad se utilizarán por la derecha.

Carril Reservado a Bus

Este carril es de uso exclusivo para vehículos de transporte colectivo y taxi. El resto de vehículos solo pueden usar los tramos con línea discontinua para alguna maniobra, pero no podrán parar, estacionar, cambiar el sentido de la marcha o adelantar en ellos.

Circulación por el Arcén

La circulación por el arcén está permitida para los siguientes vehículos:

  • Vehículos de tracción animal
  • Vehículos para personas de movilidad reducida
  • Vehículos especiales de menos de 3500 kg
  • Vehículos de seguimiento de ciclistas

La Velocidad

La velocidad es un factor crítico en la seguridad vial. Es imperativo moderarla en ciertas situaciones y respetar los límites establecidos.

Moderación de la Velocidad

Se debe moderar la velocidad en presencia de:

  • Peatones y ciclos
  • Peligros en la vía
  • Otras situaciones que lo requieran para garantizar la seguridad.

Límites de Velocidad Genéricos

Autopistas y Autovías

  • Turismos y motos: Máximo 120 km/h (mínimo 60 km/h)
  • Vehículos mixtos adaptables, derivados de turismo, autocaravanas y autobuses: Máximo 100 km/h (mínimo 60 km/h)
  • Camiones, automóviles con remolque, vehículos articulados: Máximo 90 km/h (mínimo 60 km/h)
  • Otros automóviles con remolque de más de 750 kg: Máximo 80 km/h (mínimo 60 km/h)

Vías para Automóviles y Carreteras Convencionales

  • Turismos y motos: Máximo 100 km/h (mínimo 50 km/h)
  • Vehículos mixtos adaptables, derivados de turismo, autocaravanas y autobuses: Máximo 90 km/h (mínimo 45 km/h)
  • Camiones, automóviles con remolque, vehículos articulados: Máximo 80 km/h (mínimo 40 km/h)
  • Otros automóviles con remolque de más de 750 kg: Máximo 80 km/h (mínimo 40 km/h)

Resto de Vías Fuera de Poblado

  • Turismos y motos: Máximo 90 km/h (mínimo 45 km/h)
  • Vehículos mixtos adaptables, derivados de turismo, autocaravanas y autobuses: Máximo 80 km/h (mínimo 40 km/h)
  • Camiones, automóviles con remolque, vehículos articulados: Máximo 70 km/h (mínimo 35 km/h)
  • Otros automóviles con remolque de más de 750 kg: Máximo 70 km/h (mínimo 35 km/h)

Excepciones y Límites Específicos

Excepción para Adelantar

Se puede superar la velocidad máxima en 20 km/h para adelantar en vías para automóviles y carreteras convencionales, solo para turismos y motos, y bajo las siguientes condiciones:

  • El vehículo a adelantar circula a una velocidad inferior a la máxima genérica.
  • No hay señal de velocidad específica por debajo de la máxima genérica.

Circulación por Debajo de los Límites Mínimos

Está permitido circular por debajo de los límites mínimos de velocidad para:

  • Ciclos
  • Vehículos de tracción animal
  • Vehículos especiales
  • Por razones de tráfico

Límites de Velocidad en Poblado

  • Vías urbanas: Máximo 50 km/h
  • Travesías: Máximo 80 km/h
  • Calles residenciales: Máximo 20 km/h

Límites Específicos Fuera de Poblado

  • Transporte escolar y de menores: 10 km/h menos que la velocidad genérica de la vía.
  • Autobuses con pasajeros de pie: Máximo 80 km/h.
  • Vehículos de 3 ruedas y cuadriciclos: Máximo 70 km/h.
  • Vehículos con remolque: 10% menos que la velocidad genérica de la vía.
  • Vehículos de ensayo: 30 km/h más que la velocidad genérica de la vía.

Límites Máximos Generales para Vehículos Específicos (en todas las vías, salvo indicación contraria)

  • Ciclos, ciclomotores de 2 y 3 ruedas, cuadriciclos ligeros, vehículos de movilidad reducida: Máximo 45 km/h.
  • Vehículos que transportan mercancías peligrosas: 10 km/h menos que la velocidad genérica de la vía.
  • Vehículos especiales: Máximo 70 km/h.

Distancia de Seguridad

Distancia de Seguridad General

Al circular detrás de un vehículo sin intención de adelantar, los vehículos de más de 3500 kg o los conjuntos de vehículos de más de 10 metros de longitud deben mantener una distancia mínima de 50 metros.

Distancia de Seguridad en Túneles

  • Vehículos de hasta 3500 kg: Mínimo 100 metros o 4 segundos.
  • Vehículos de más de 3500 kg: Mínimo 150 metros o 6 segundos.

Entradas relacionadas: