Nulidad Procesal en el CPC: Principios, Tipos y Efectos Jurídicos
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Introducción a la Nulidad Procesal en el CPC
En sentido amplio, la reglamentación de esta institución se encuentra dispersa en varias normas del Código de Procedimiento Civil (CPC).
Ejemplos de Normas Relevantes:
- Art. 55 CPC: Nulidad de la notificación.
- Art. 80 CPC: Nulidad del litigante que no ha sido emplazado válidamente a juicio.
Principios que Rigen la Nulidad Procesal (Artículo 83 CPC)
Principio: La Nulidad Procesal Requiere Expresa Declaración Judicial
De lo contrario, el acto produce todos sus efectos como si fuere normal, adquiriendo caracteres de normalidad absoluta si el juicio se encuentra terminado.
El Art. 83 del CPC (Ley N° 18.705) establece:
“La nulidad procesal podrá ser declarada, de oficio o a petición de parte…”
Distinción Doctrinal: Actos de Inexistencia y Actos Nulos
En doctrina, se distingue entre Actos de Inexistencia y Actos Nulos:
Actos de Inexistencia
Son aquellos que carecen de los presupuestos indispensables para nacer a la vida del derecho.
Ejemplo:
- Una sentencia no firmada por el juez, que se considera un mero proyecto. En estos casos, la declaración de ineficacia opera de pleno derecho.
- No constituir patrocinio en la primera presentación ante el tribunal.
Actos Nulos
Son aquellos que, si bien han sido realizados irregularmente, la imperfección de que adolecen no los priva de su carácter de acto jurídico-procesal, pero impide que puedan producir los efectos previstos por la ley.
- Hay autores que rechazan esta distinción, dado que los efectos son prácticamente los mismos; es decir, frente a un acto inexistente o nulo, se requiere declaración de ineficacia.
- En Chile, la ineficacia no opera de pleno derecho. Debe existir declaración judicial expresa de nulidad.
Principios Adicionales de la Nulidad Procesal
Principio: La Nulidad Debe Alegarse, por Regla General
Excepcionalmente, puede ser declarada de oficio por el tribunal.
Principio: Requisitos del Sujeto Activo de la Nulidad (Quien la Promueve)
- Ser parte en el proceso.
- Ser agraviado con la irregularidad del acto. Es necesario su interés en la declaración de ineficacia.
- No ser causante del vicio que reclama. Nadie puede valerse de sus propios errores o dolo.
Principio: Efecto Extensivo de la Nulidad Procesal (Efecto Cascada)
Regla General: La nulidad de un acto del proceso tiene efectos extensivos a otras actuaciones procesales del mismo o incluso puede afectar a todo el proceso, si la actuación procesal viciada es indispensable para la vida del proceso.
El Art. 83 del CPC aclara:
“…la declaración de nulidad es un acto procesal, no importa la nulidad de todo lo obrado”.