Obligaciones de los comerciantes: libros de contabilidad, registros y patente municipal
Clasificado en Economía
Escrito el en español con un tamaño de 2,93 KB
Las obligaciones de los comerciantes
1. La obligación de llevar ciertos libros de contabilidad.
- Permite que terceros conozcan la situación de la empresa, ejemplo, los bancos para otorgar créditos
- O cuando la propia ley permite que ella sea conocida por el público en general, como ocurre en el caso de las sociedades anónimas abiertas.
2. La de inscribir determinados documentos en el Registro de Comercio.
3. La de inscribirse en registros especiales determinados, que no afecta a todos.
4. La de pagar patente municipal, que tampoco es de orden general.
Clasificación de los libros de comercio
a) Libros obligatorios:
- El libro diario: Se asentarán por orden cronológico y día por día las operaciones mercantiles que ejecute el comerciante, expresando detalladamente el carácter y circunstancias de cada una de ellas.
- El libro mayor: En el libro mayor se abren diferentes cuentas: a las diversas personas con las cuales el comerciante mantiene negocios (cuentas personales), a los diferentes objetos particulares que forman parte de sus negocios (cuentas reales) y las llamadas cuentas de orden, que son el registro de valores recibidos, transitoria o permanentemente, que no pertenecen al negocio o al sujeto, que conserva en calidad de depósito o garantía y que no afectan las mayores o menores utilidades del negocio.
- El libro de balances e inventario: Inventario de los bienes físicos con valor de tasación (activo) y balance anual.
- El libro copiador de cartas. Este libro no existe; en la actualidad se le reemplaza por el “archivo de copias de cartas”. Este archivo no tiene valor en juicio en favor del comerciante
b) Libros facultativos: el libro de caja, el de bancos, el libro de obligaciones por pagar, el libro de obligaciones por cobrar, el libro de adquisiciones y gastos, el libro de letras descontadas y el libro de letras en cobranza.
Requisitos de los libros de contabilidad
- Idioma castellano
- El timbraje, rubricación y visación: Esto significa que una autoridad (SII) se encargue de timbrar o rubricar las hojas de los libros.
Exhibición de los libros de contabilidad
- Sucesión universal: Cuando fallece un comerciante para partición de bienes.
- Comunidad de bienes: Cuando ella existe el tribunal puede ordenar la exhibición general sólo en favor de los condueños.
- Liquidación de sociedades legales y comerciales: Si se disuelve el matrimonio, procede la manifestación general de los libros.
- En caso de liquidación concursal: Bienes del deudor fallido para pagar a los acreedores.