Obligaciones del sujeto pasivo en IVA: declaraciones, facturación y registros fiscales
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Obligaciones del sujeto pasivo
1. Declaraciones de carácter informativo
Obligación: declaraciones de carácter informativo.
1.1 Declaración de comienzo, modificación o cese (modelos 036 y 037)
Sirve para comunicar el CIF, las declaraciones y liquidaciones que se deben presentar, para comunicar si se realizan las operaciones intracomunitarias y para comunicar si nos encontramos en algún régimen especial de IVA. Al impreso se le llama declaración censal.
1.2 Declaración informativa de operaciones con terceros (modelo 347)
Declaración informativa anual de operaciones con terceras personas.
1.3 Declaración recapitulativa con países de la UE (modelo 349)
Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias con países de la Unión Europea.
1.4 Declaración informativa resumen anual (modelo 390)
Declaración informativa-resumen anual correspondiente al IVA.
2. Obligación de presentar declaraciones, liquidaciones e ingresar su importe
Con carácter general, los sujetos pasivos presentan liquidaciones periódicas (normalmente trimestrales) e ingresan los resultados correspondientes.
Modelos de presentación:
- 303 — Modelo para el régimen general.
- 310 y 311 — Modelos relativos al régimen simplificado.
- 370 y 371 — Modelos relacionados con régimen general y régimen simplificado (resúmenes y declaraciones específicas).
3. Obligación de identificarse
El sujeto pasivo debe identificarse fiscalmente conforme a la normativa vigente y utilizar el NIF/CIF correspondiente en sus comunicaciones y documentos fiscales.
4. Obligación de facturar y conservar facturas
Obligación de expedir factura y de guardar copia de la factura durante 6 años. Asimismo, existe la obligación de conservar las copias de las facturas recibidas durante 6, 10 o 15 años, según la normativa aplicable y el tipo de documento o procedimiento.
5. Obligaciones de llevar registros contables y libros obligatorios
Obligación de llevar registros contables y los libros obligatorios según la normativa mercantil y fiscal. Incluye el registro de operaciones intracomunitarias y demás libros exigidos por la normativa tributaria.
6. Obligación de nombrar representante
Obligación de nombrar representante cuando el sujeto pasivo tiene distintas sucursales ubicadas en diferentes localidades y no puede acudir personalmente a todas ellas, por lo que necesita designar a un representante en cada localidad para llevar a cabo las liquidaciones y gestiones necesarias.
El crédito al consumo
El crédito al consumo se aplica en las operaciones realizadas por empresarios o profesionales que ofrecen a los consumidores un crédito bajo la forma de pago aplazado, préstamo, crédito o cualquier fórmula de financiación.
Contrato de ventas especiales
CONTRATO DE VENTAS ESPECIALES
Venta de bienes muebles a plazos
Venta de bienes muebles a plazos. La venta a plazos es aquella que tiene por objeto una cosa determinada, corporal y no consumible. El vendedor tiene que ser un comerciante y el comprador adquiere el bien para su uso, no para la reventa.
Venta de "plaza a plaza"
Venta de “plaza a plaza”. El contrato de plaza a plaza va unido a un contrato de transporte; la venta incluye también la obligación de trasladar la mercancía desde la ciudad del vendedor a la del comprador.