Optimización de Espacios en Centros Sociosanitarios: Comedores, Enfermería y Aseos
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Espacios Comunes
Son los comedores, las salas de estar y las salas de actividades o polivalentes. La cantidad y la superficie de cada una estarán condicionadas por el número de personas que lo utilicen y deben seguir la normativa vigente. Se deben tener en cuenta las siguientes consideraciones:
Comedor
Debe garantizar el acceso a las mesas y la circulación fluida, teniendo en cuenta las personas con dificultades de movilidad.
Sala de Estar
Espacio de convivencia para usuarios y familias. Si hay varias plantas, debe haber una sala por planta.
Sala de Actividades o Terapia Ocupacional
Deben disponer de espacio suficiente para realizar las actividades de terapia ocupacional y otras. Mínimo 25 m², aunque dependerá del número de personas.
Dependencias de Atención Sociosanitaria
El equipamiento destinado a servicios de curas y enfermería variará en función del tipo de centro y de usuarios. Se deberá contar con:
Sala de Consulta
Para visitas, reconocimientos y exploraciones.
Sala de Curas o Enfermería
Para aplicar cuidados de enfermería. Dispondrá de un botiquín con medicación y material de cura elemental. Albergará un número de camas en función de la capacidad y al menos un baño.
Unidad de Enfermería
Los centros sociosanitarios deben tener una unidad de enfermería en cada planta para garantizar la asistencia adecuada en todo momento. También deben disponer de un depósito de medicamentos.
Sala de Fisioterapia y Rehabilitación
Espacio destinado a la realización de ejercicios físicos de mantenimiento y recuperación. Deberá tener buena ventilación e iluminación natural y artificial. El espacio deberá ser suficiente para todo el utillaje y para realizar los ejercicios.
Aseos
Cada normativa fija unas condiciones en los siguientes aspectos:
Accesibilidad
Los lavabos y los cuartos de baño cumplirán con los criterios de accesibilidad universal:
- Todos los aparatos sanitarios deben estar dotados de elementos auxiliares de sujeción y soporte.
- Los lavabos tendrán alrededor y por debajo un espacio necesario, libre de obstáculos.
- El pavimento debe ser antideslizante.
- La normativa de altura establece que todos los sanitarios y elementos auxiliares deben estar a la altura que las personas en sillas de ruedas puedan usarlos.
- Las bañeras deben estar al ras del suelo.
Distribución
Es imprescindible que haya lavabos distribuidos cerca de las diferentes estancias, para que las personas con dificultades para controlar la micción puedan tenerlos a disposición. La normativa fija un mínimo según el número de personas.
Equipamiento
La normativa indicará el equipamiento mínimo de los diferentes aseos:
- Los cuartos de baño tendrán mínimo un váter, un lavabo y una ducha.
- Los lavabos de zonas comunes tendrán un váter y un lavabo.
- Los centros grandes (+50 personas) tendrán al menos un cuarto de baño geriátrico asistido con bañera adaptada accesible por tres lados y que permita la maniobra con grúa de transferencia.
Intimidad versus Seguridad
Los lavabos son zonas en las que la persona usuaria debe disponer de intimidad, por lo que deben disponer de cerraduras interiores fácilmente accionables, pero con mecanismos de apertura exterior por emergencias. También sería conveniente que dispongan de timbre de llamada con aviso en un puesto de control.