Orden de Protección: Guía completa para víctimas de violencia de género

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Orden de Protección: Guía completa

¿Qué es la Orden de Protección?

La solicitud de la Orden de Protección es un instrumento para obtener protección integral, rápida y sencilla. La solicita, mediante formulario estandarizado, la víctima; pero también familiares, Ministerio Fiscal o el juez, entre otros. Una vez solicitada, el juez recibe a la víctima y al agresor, por separado, y, en un máximo de 72 horas, confiere a la víctima un estatuto integral de protección.

Medidas Cautelares (Penales)

Dirigidas al agresor, para evitar que pueda acercarse a la víctima y cometer nuevas agresiones:

  • Prohibición de residir y/o acudir a un determinado lugar.
  • Prohibición de aproximación y/o comunicación con determinadas personas.
  • Privación del derecho a la tenencia y porte de armas.
  • Prisión provisional.

Medidas de Naturaleza Civil

Solicitadas por la víctima con una duración de 30 días:

  • Atribución del uso y disfrute de la vivienda familiar.
  • Determinación de la guarda y custodia de los hijos menores.
  • Determinación del régimen de visitas, comunicación y estancia con los menores.
  • Determinación del régimen de prestación de alimentos.
  • Cualquier otra medida oportuna para evitar la sustracción de los hijos menores por parte del progenitor, apartarlos del peligro y evitarles perjuicios.

Medidas de Asistencia y Protección Social

Recursos económicos y servicios sociales de atención a víctimas de violencia de género, como:

  • Renta Activa de Inserción, que incluye ayuda en caso de cambio de residencia.
  • Prioridad en el acceso a viviendas protegidas y residencias públicas.
  • Derechos laborales (reducción del tiempo de trabajo, movilidad geográfica, flexibilidad horaria, etc.) y de Seguridad Social (suspensión de la obligación de cotización, etc.).
  • Derecho a servicios sociales de emergencia, apoyo, acogida, recuperación integral, asistencia jurídica gratuita, etc.

Medidas Administrativas

Permiten que la mujer extranjera con estancia irregular, víctima de violencia de género, pueda iniciar la regularización de su situación. La orden de protección implicará el deber de informar permanentemente a la víctima sobre la situación procesal y penitenciaria del agresor, así como del alcance y vigencia de las medidas cautelares adoptadas.

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