Ordenamiento de Montalvo y Evolución del Derecho Castellano e Indiano

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Nueva Recopilación y Ordenamiento de Montalvo

Nueva Recopilación: Confirmación del Ordenamiento de Montalvo terminado por Bartolomé Atienza, su autor.

Repertorios jurídicos: Alonso Díaz de Montalvo, Alfonso de Azevedo, Diego de Atienza.
Novísima Recopilación de las leyes de España, recopilación del derecho castellano y español. Carlos IV puso la Chancillería de Granada de Juan de la Reguera Valdelomar.

Mos Gallicus

El Mos Gallicus se centra en el estudio histórico y se propone reconstruirlo liberándolo de influencias religiosas. Son iniciadores Alciato, Budeo y Zasio y más tarde Cujacio y Hugo Donello. En el siglo XVII destaca Arnoldo Vinnes. En España destacó Antonio Agustín, Antonio de Nebrija, Diego de Covarrubias.

Derecho Indiano: Recopilaciones y Autores Clave

TEMA 12:

El primero en realizar un texto recopilado en el derecho de Indias fue Juan López de Velasco, llamada Copulata de Leyes y Provisiones de Indias. Después fue Juan de Ovando, llamado el Código Ovandino. Después fue Diego de Encinas, llamado Cedulario de Encinas. El último autor de la recopilación del derecho indiano es Antonio de León Pinelo.
Dentro de la literatura jurídica encontramos obras como La Política Indiana de Solórzano, el Tratado de las confirmaciones reales de encomiendas de Antonio León Pinelo y el Gobierno de Perú de Juan de Matienzo.

Juristas y Regalismo en los Siglos XVI y XVII

TEMA 13:

Varios juristas y teólogos del siglo XVI destacaron: Juan López de Palacios Rubios, Diego de Covarrubias, Diego Álava Esquivel y Melchor Cano y en el siglo XVII Francisco Ramos del Manzano y Francisco Salgado de Somoza.
El Memorial era una reclamación que hizo Felipe IV por los abusos del Papa en la Monarquía Católica.
El Pedimento constituye uno de los documentos capitales del regalismo hispano. En él Melchor de Macanaz defiende que en el campo de la fe y de la religión se debe seguir la doctrina de la iglesia. El concordato de 1717 lo formuló Isabel de Farnesio y Julio Alberoni.
El exequatur: ninguna orden papal tenía validez en los dominios de la monarquía de España sin el refrendo de su soberano.
Gregorio Mayans redactó un Examen del concordato de 1737. El concordato de 1753 redactado por Fernando VI. La medida más radical aprobada por Carlos III fue la expulsión de los jesuitas de España.

Transformaciones Económicas, Políticas e Intelectuales

TEMA 14:

Domestic System: artesanos rurales a quienes el comerciante daba materias primas y recogía el producto y lo comercializaba.
Montesquieu: combate el poder de origen divino y defiende la separación de poderes y sufragio censitario.
Rousseau: Contrato social y otras obras defiende la soberanía popular, división de poderes y sufragio universal.
Voltaire: critica a la iglesia.

La Convención Nacional

La Convención nacional estaba formada por:

  • Monárquicos constitucionales: moderados de derechas. LAFAYETTE.
  • Republicanos burgueses: los girondinos. BRISSOT
  • Jacobinos: los más radicales ROBESPIERRE.
Tras el golpe de estado al directorio por Napoleón se sustituyó por el Consulado donde 3 cónsules tomaron el gobierno.
En 1920 se fundó el Decreto Silió que pretendió otorgar mayor autonomía a las universidades.

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