Organismos Internacionales y el Estado: Sujetos Clave del Derecho Internacional Público

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Organismos Internacionales y el Estado en el Derecho Internacional Público

Es fundamental diferenciar las Organizaciones No Gubernamentales (ONGs) de los Organismos Internacionales (OIs). A diferencia de las ONGs, los Organismos Internacionales poseen una estructura orgánica permanente y una personalidad jurídica propia, tanto a nivel interno como internacional.

La personalidad jurídica de los Estados es primaria y plena, mientras que la de los OIs es secundaria y limitada. Esto se debe a que los OIs nacen por medio de un tratado constitutivo y bajo circunstancias específicas.

Los Organismos Internacionales como Sujetos del Derecho Internacional Público (DIP)

Como sujetos del DIP, los OIs gozan de capacidad para participar en relaciones jurídicas y ser titulares de derechos y obligaciones. Sus capacidades incluyen:

  • Capacidad para celebrar tratados internacionales.
  • Derecho de legación activa y pasiva (enviar y recibir representantes diplomáticos).
  • Capacidad para incurrir en responsabilidad internacional.

Clasificaciones de los Organismos Internacionales

Los OIs pueden clasificarse según diversos criterios:

  • Según sus miembros:
    • OIs de vocación universal.
    • OIs de carácter restringido (por razones geográficas, económicas, etc.).
  • Según sus fines:
    • OIs de fines generales.
    • OIs de fines específicos.
  • Según sus miembros u otras formas de participación.

Tipos de Órganos en los Organismos Internacionales

Los órganos de un OI pueden clasificarse por:

  • Su composición:
    • Intergubernamentales (plenarios o restringidos).
  • Sus atribuciones:
    • Deliberativos.
    • De decisión.
    • Administrativos.
    • Jurisdiccionales.

Competencias de los Organismos Internacionales

Las competencias de los OIs se definen por:

  • Su forma de atribución:
    • Explícitas.
    • Implícitas.
  • El tipo de poder atributivo:
    • Normativas.
    • Ejecutivas u operacionales.
    • Jurisdiccionales.
  • Su grado de poder:
    • De deliberación.
    • Supranacionales.

Formación de la Voluntad en los Organismos Internacionales

Cada tratado constitutivo precisa la formación de la voluntad en los órganos del OI. En ocasiones, la formación de voluntad requiere la intervención de varios órganos. Dentro de cada órgano, existen diversos mecanismos para crear la voluntad:

  • Unanimidad.
  • Mayorías.
  • Consenso.

El Estado como Sujeto del Derecho Internacional Público (DIP)

El Estado posee derechos y obligaciones establecidos a nivel internacional, y, junto con otros sujetos internacionales, puede participar en la creación de normas del Derecho Internacional (DI). Los Estados, por ejemplo, crean normas que se aplican entre ellos.

Elementos Constitutivos del Estado

Existen cuatro elementos fundamentales del Derecho Internacional que definen al Estado:

  1. Territorio: Un espacio geográfico con fronteras más o menos fijadas.
  2. Población: Un conjunto de individuos vinculados al Estado por la nacionalidad.
  3. Soberanía:
    • Interna: El Estado ejerce poder dentro de su territorio.
    • Externa: Se rige por el principio de igualdad soberana con otros Estados.
  4. Organización Política: La capacidad de establecer el sistema político que se desee.

Cuando estos elementos se reúnen, el Estado ya existe. El reconocimiento internacional es un acto posterior que, si bien importante, no impide la existencia del Estado.

Inmunidad del Estado

La inmunidad del Estado se manifiesta en dos formas principales:

  • Inmunidad de jurisdicción: Las personas que ocupan un cargo oficial del Estado no pueden ser juzgadas por tribunales extranjeros por actos realizados en el ejercicio de sus funciones soberanas.
  • Inmunidad de ejecución: Los bienes del Estado destinados a fines públicos no pueden ser objeto de medidas de ejecución (embargo, etc.) por parte de tribunales extranjeros.

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